El TC prevé anular la condena a Magdalena Álvarez por los ERE tras avalar la de Viera
La ponencia que propone amparar a la exministra de Zapatero abre la puerta a más absoluciones
La Junta de Andalucía, sobre la condena de Magdalena Álvarez: «¿Sabía Sánchez por dónde iban a ir los tiros de la ponencia del TC?»
Madrid
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Iniciar sesiónEl Pleno del Tribunal Constitucional (TC) desestimó ayer el recurso de amparo presentado por el exconsejero andaluz de Empleo José Antonio Viera en el caso ERE. El también exsenador socialista fue condenado a siete años de prisión por prevaricación en concurso medial con malversación. ... La sentencia, de la que ha sido ponente la vicepresidenta del TC, Inmaculada Montalbán, y que fue aprobada por unanimidad, afea al político andaluz que exprese su queja sobre la vulneración de derechos fundamentales «en términos genéricos», sin explicación ni desarrollo argumental alguno. Al tratase de un «defecto insubsanable» —«el TC no puede reconstruir de oficio las demandas»—, ni siquiera contesta ya a quejas que «carecen de justificación».
La de Viera es la primera de las solicitudes de amparo que aborda el Constitucional, que en los próximos plenos irá revisando los recursos interpuestos por los exmiembros de la Junta de Andalucía, entre ellos los presidentes José Antonio Griñán y Manuel Chaves, contra las condenas impuestas por la Audiencia de Sevilla y el Tribunal Supremo por el fraude de las ayudas sociolaborales que dejaron un agujero de 680 millones.
En el cónclave de esta semana, probablemente hoy, está previsto que los magistrados examinen también el recurso de la exministra socialista Magdalena Álvarez, condenada a nueve años por prevaricación continuada. Elaboró, siendo consejera de Hacienda, los anteproyectos de ley de presupuestos que se aprobaron como proyectos en el Consejo de Gobierno y realizó modificaciones presupuestarias.
Todo apunta a que Álvarez va a tener más suerte que su compañero de gobierno, pues la ponente propone estimar su amparo con una lectura del delito de prevaricación que determinará el destino de otros de los condenados en el mayor caso de corrupción de la democracia española.
En su ponencia, que según fuentes del TC será apoyada por la mayoría progresista, Montalbán exime de responsabilidad penal al Ejecutivo autonómico al considerar que ni los anteproyectos de ley ni los proyectos se pueden considerar decisiones administrativas, sino funciones propias de un Ejecutivo. El borrador de sentencia, al que ha tenido acceso ABC, señala, además, que el fundamento de la condena de Álvarez parte de una comprensión de las relaciones entre el Gobierno y el Parlamento de Andalucía que «no es compatible con la noción de democracia parlamentaria» ni con el concepto mismo de Estado constitucional.
Argumenta que si bien es cierto que el propio TC ha declarado que no le corresponde el control de «alteraciones o irregularidades» que se produzcan, dentro del ámbito parlamentario, en las relaciones políticas o institucionales entre legislativo y Ejecutivo, sí puede analizar las «interferencias o alteraciones» que en esa relación procedan de otros poderes del Estado, en este caso del judicial, cuando afectan sustancialmente al ejercicio de sus atribuciones, como considera que es el caso.
A su juicio, las sentencias de la Audiencia de Sevilla y del Supremo parten de que las iniciativas legislativas —llamadas prelegislativas en ambas resoluciones— que dieron lugar a las leyes de presupuestos para los años 2002 a 2004 incurrían en una «incontestable ilegalidad» al establecer un sistema de presupuestación «indebido» (las transferencias de financiación). Ese sistema, según esos tribunales, tenía como objetivo evitar los controles previstos en la legislación presupuestaria relativos a la concesión de subvenciones.
Esta consideración, que constituyó el fundamento de la condena, y el hecho mismo de entrar a analizar la «legalidad» de los anteproyectos y proyectos de ley, supone incidir en un ámbito ajeno al control judicial y exceden, dice la ponente, de la función que los jueces y tribunales tienen atribuida en la Constitución. Al calificar de «manifiestamente» ilegal el sistema de presupuestación, Audiencia y Supremo se atribuyeron prerrogativas que no tienen.
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