García Ortiz cubre la fianza de 150.000 euros impuesta por el Supremo con parte de su patrimonio
El juez Hurtado rebaja la fianza a 75.000 euros de oficio
El Tribunal Supremo abre juicio al fiscal general, rechaza suspenderle y le impone una fianza de 150.000 euros
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Iniciar sesiónEl fiscal general del Estado ha aportado este martes los 150.000 euros de fianza que le impuso el juez del Tribunal Supremo Ángel Hurtado para hacer frente a la posible indemnización al novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, por daños morales. Según ... confirmaron fuentes próximas a García Ortiz, lo que ha hecho el procesado es asegurar la fianza presentando un aval, poniendo un bien en garantía. En paralelo su defensa ultima un recurso contra la cantidad fijada por el instructor al considerarla excesiva. El fiscal general tenía que aportar la fianza en un plazo de cinco días para evitar el embargo.
En el auto de apertura de juicio oral por presunta revelación de secretos, el instructor justificó la imposición de esta fianza como medida cautelar en la necesidad de garantizar que en caso de condena, el fiscal general pueda responder a la indemnización por daños morales a Alberto González Amador. A juicio de Hurtado, «el reconocimiento de los hechos que se hace en el correo de 2 de febrero de 2024 con la frase 'ciertamente se han cometido dos delitos contra la Hacienda Pública', y su difusión indiscriminada por persona ajena y no autorizada, y tan relevante, como es el fiscal general del Estado, ha dado pie para que se generalizara en determinados medios y ámbitos que, a Alberto González Amador, se le considere un delincuente o defraudador confeso, sin serlo, con el daño reputacional que ello conlleva, al no haber recaído sentencia condenatoria que lo declarase (...)«.
La difusión de ese correo, señalaba Hurtado en su auto, «excede y es incompatible con el cometido de información a la opinión pública estatutariamente establecida para el Ministerio Fiscal«. No obstante, estimó excesiva la cantidad de 300.000 euros solicitada por la pareja de Ayuso y optó por dejarla en 150.000.
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Al recurso que interponga el fiscal general por la fianza, en su opinión, excesiva, se suma el que interpuso ayer González Amador por lo contrario, pues, como informó ABC, sigue defendiendo que debe ser resarcido con 300.000 euros en caso de condena.
En el escrito, la acusación particular denuncia que desde el 14 de marzo de 2024 (el día de la nota de prensa emitida por la Fiscalía General cuya responsabilidad asumió García Ortiz) «no ha existido día en que algún personaje político o periodístico, con el ministro de Justicia a la cabeza, no denomine a través de los medios de comunicación a D. Alberto González Amador como 'delincuente confeso' o 'defraudador confeso' y eso es consecuencia directa de los hechos delictivos protagonizados por García Ortiz y de su voluntad de generar un relato político transformando en delictiva la función constitucional de Fiscal General del Estado a costa de los derechos fundamentales y legales» de la pareja de Ayuso.
«Jamás ha existido en nuestro sistema jurídico y constitucional una vulneración de los derechos fundamentales de un ciudadano tan intensa, lesiva y significativa derivada del comportamiento« del fiscal general, argumentaba.
El juez le rebaja la fianza a 75.000€
Este mismo martes, el juez, de oficio ha decidido rebajar la fianza a 75.000 euros, pero el juez Hurtado explica que no lo hace en respuesta a un recurso de González Amador. El instructor no incluye en la nueva cuantía la partida por la eventual multa para ese delito que se pudiera imponer al investigado y que sí había incluido en el cálculo inicial.
La acusación particular, en nombre de Alberto González Amador, presentó recurso de reforma contra el auto de apertura juicio oral, en el que solicitaba que se corrigiera el error material de integrar la multa contemplada para el delito de revelación de secretos en el cálculo de los 150.000 euros establecidos inicialmente, algo que iría en contra de la doctrina del Tribunal Constitucional. Aún así, el juez explica que su decisión no responde a esa petición.
«Puesto que tiene repercusión favorable al acusado, no es cuestión de esperar más tiempo y prolongar la decisión sobre este particular, por cuanto que, aun sin necesidad de recurso, el propio juez, de oficio, puede hacer modificación en la cantidad, en función de las circunstancias que se le presenten», explica que instructor que añade que su resolución se limita a hacer la rebaja «que entiendo oportuna en atención a esa nueva circunstancia, dejando para el debate del recurso el resto de las consideraciones».
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