Vía libre para que la Princesa Leonor jure la Constitución el 31 de octubre
Zarzuela, Gobierno y Congreso no ven impedimentos, pero la fecha sigue pendiente de confirmación
La decisión depende de la Casa del Rey, que además debe comunicarla al Gobierno y se coordinará con el Congreso
Editorial | El juramento idóneo de la Princesa de Asturias
Madrid
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Iniciar sesiónFalta mes y medio para que la Princesa Leonor cumpla 18 años y todavía no se ha decidido si ese mismo día jurará la Constitución ante las Cortes Generales como Heredera de la Corona. Desde la Casa de S.M. el Rey, el ... Gobierno y el Congreso de los Diputados no ven impedimentos en que la ceremonia tenga lugar el próximo 31 de octubre y aún así, pese a que hay vía libre y no hay nada ni nadie que lo impida, la fecha sigue sin confirmarse.
El artículo 61 de la Constitución dice que «el Príncipe heredero, al alcanzar la mayoría de edad, y el Regente o Regentes al hacerse cargo de sus funciones, prestarán ante las Cortes Generales el juramento de guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes y respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades Autónomas, así como el de fidelidad al Rey».
Hasta ahora, debido al incierto calendario político que dejaron las elecciones generales del 23 de julio, han sido muchas las interpretaciones que se han hecho sobre este artículo para intentar dilucidar si el 31 de octubre la Princesa Leonor podría jurar la Constitución. De ser así, seguiría al único antecedente que existe sobre esta ceremonia, que tuvo lugar el 30 de enero de 1986, cuando Felipe VI juró la Carta Magna el día en que cumplió 18 años.
A día de hoy, sin embargo, nada impide que la Princesa jure la Constitución ese día. Ya no sirve contar los días ni pensar en los plazos para una investidura. Lo único que hay que tener en cuenta es que el día 31 de octubre las Cortes Generales estarán constituidas y, por tanto, los diputados y senadores que representan las dos cámaras parlamentarias podrán reunirse en un pleno extraordinario cuando sean convocados por la presidenta del Congreso de los Diputados, Francina Armengol .
«El juramento de la Princesa de Asturias es un acto constitucional de la Heredera de la Corona que conviene hacer ante la representación de la nación, es decir, de las Cortes Generales», afirma a ABC el jurista y doctor por la Universidad de Bolonia Daniel Berzosa. Explica también que la jura es «esencialmente una relación entre la Heredera y el Parlamento»: «Puesto que las Cortes están debidamente constituidas para ese día, se dan las condiciones para que el juramento sea el 31 de octubre».
La única condición que establece el apartado segundo del artículo 61 para que la Princesa heredera jure la Constitución es que tenga 18 años. «Esto significa que no puede hacerlo antes de ser mayor de edad», explica Roberto Blanco, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Santiago de Compostela. A su juicio, «se ha planteado un problema donde no lo hay» al tratar este asunto: «Con los temas de la Corona hay una cierta afición a enredar y esta es una de esas ocasiones. La Princesa cumple años el 31 de octubre y, con las Cortes constituidas, deberá jurar ese día o en los días siguientes».
«El Gobierno no interviene»
Vicente Garrido, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Valencia, apunta a que «el juramento se hace ante las Cortes Generales y el Gobierno aquí no interviene para nada», por lo que «da igual que esté en funciones». El Gobierno cesante, además, «tiene sus facultades gubernamentales limitadas y no tiene ninguna facultad relacionada con el juramento de la Princesa de Asturias».
«El juramento es una exigencia constitucional y, además, tiene un efecto constitutivo. La Princesa no tiene unas funciones constitucionales asignadas, más allá de formarse para en un futuro ser Reina, pero precisamente por esto se somete a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico», añade Garrido. Y concluye: «Esto pone de manifiesto que estamos en un Estado de Derecho y que se cumple su norma fundamental, que es la Constitución». Coincide en esta idea Berzosa, quien considera que la jura del día 31 de octubre «sería un nuevo ejemplo de que, aun en medio de la justificada inquietud que sentimos la mayoría de los españoles, hay una institución, la Corona, que permanece como referencia de cumplimiento del mandato de los ciudadanos expresado en la Constitución».
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En este sentido, Blanco añade que «será una ceremonia deslucida previsiblemente porque estamos en un horizonte político en el que muy probablemente no asistirán una parte de los diputados, en este caso los nacionalistas que ya no fueron a ver al Rey».
Política a un lado, todo parece indicar que la jura se celebrará el 31 de octubre. En el caso de seguir el modelo de la jura de Felipe VI como Príncipe de Asturias y de su proclamación como Rey en 2014, se volverá a instalar una estructura encima de los asientos del Congreso, sobre la que irán las tarimas de madera. Un tapiz delantero, sillería del Palacio Real, un par de alfombras... Pero que falte un mes y medio no es un impedimento porque este tipo de montajes se realizan en pocas horas. Según fuentes de Presidencia del Congreso, es la Casa del Rey quien debe elegir el día y la hora de la jura y comunicarla al Gobierno. Será entonces cuando los departamentos de Protocolo del Congreso y del Palacio de la Zarzuela se pondrán a trabajar en los preparativos.
Desde la Zarzuela continúan sin dar información sobre este asunto. De momento parece que todavía habrá que esperar para saber si la Princesa jurará el día de su cumpleaños. Lo único que está claro es que tiene todo a su favor.
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