La Audiencia Nacional impone al juez que Monedero acceda a la investigación en su contra
Reclamaba conocer el informe de la UDEF con el que el juez apreció indicios de blanqueo y abrió una nueva causa
Madrid
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Iniciar sesiónLa Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha estimado el recurso planteado por la defensa del cofundador del Podemos Juan Carlos Monedero y ha obligado al Juzgado de Instrucción a facilitar acceso a la causa ya archivada que recogía ... las afirmaciones del Pollo Carvajal sobre una presunta financiación ilegal del partido y de la que nació una nueva investigación directamente contra él por un presunto blanqueo de capitales.
En una resolución a la que tuvo acceso ABC, los magistrados responden así a la reclamación de Monedero, que no había conseguido acceder a aquella primera investigación que llevaba el juez Manuel García Castellón y siempre estuvo bajo secreto de sumario. Contiene un informe de la UDEF a partir del cual se dedujo testimonio contra Monedero por blanqueo en otra causa nueva que lleva el instructor Joaquín Gadea también en el Central 6.
El pasado 4 de noviembre, pidió acceso entre otros, a ese informe y el juzgado le contestó que no había lugar a su acceso a las diligencias porque estaba pidiendo «precisamente» la parte que había sido «objeto de expurgo» y ya había «tenido acceso en igualdad de condiciones al resto de partes personadas» al resto de la documentación. Razonaba que convenía «la mayor cautela» y que dar acceso a todo, podía «frustrar» la investigación.
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Monedero lo que aducía es que estando ya esa causa archivada no se podía permitir «una prolongación oficiosa del secreto de las actuaciones que supone no permitir el acceso pleno a las mismas» porque «carece de toda cobertura legal». Por lo mismo, señalaba que el hecho de que de ahí se hubiese enviado documentación para abrir otra causa distinta, «no permite mantener dicho secreto».
Debe poder acceder «a todo lo actuado»
El tribunal le da la razón y acoge sus argumentos, al entender que «siendo parte el ahora apelante en una causa penal que no se halle en situación de secreto sumarial vigente, debe, como cualquier otra parte, permitírsele el acceso a todo lo actuado en la misma y serle notificadas todas las resoluciones en ella recaídas si no lo hubieran sido con anterioridad».
Y sobre el expurgo para proteger datos de terceros del alcance de las partes en esa investigación, la Sección Tercera considera que «si no se hubiere consumado» esa selección, «debe permitírsele el acceso con las limitaciones y cautelas» establecidas. La causa nueva por blanqueo donde está ese informe se sigue igualmente, bajo secreto de sumario.
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