El SEPE avisa a los andaluces que no tengan este documento: es obligatorio para cobrar el paro o un subsidio
El organismo pide demostrar que los solicitantes están realizando gestiones para reincorporarse al mercado laboral
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Sevilla
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Iniciar sesiónEl Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el organismo encargado de gestionar las distintas ayudas económicas destinadas a los trabajadores en situación de desempleo en España. Entre las más solicitadas se encuentra la prestación contributiva, comúnmente conocida como «el paro«, ... que pueden solicitar aquellas personas que han perdido su empleo y han cotizado un mínimo de 360 días. Aparte, para quienes no alcanzan este período, existen subsidios como la ayuda por cotizaciones insuficientes, dirigida a quienes han trabajado menos de un año.
Ahora bien, para acceder a estas ayudas y a otras gestionadas por el SEPE, es imprescindible cumplir con ciertos requisitos, entre ellos, justificar la Búsqueda Activa de Empleo (BAE).
La Búsqueda Activa de Empleo, un documento obligatorio para cobrar el paro o un subsidio
Hablamos de la Búsqueda Activa de Empleo para referirnos a un documento obligatorio para los andaluces y el resto de beneficiarios que deseen cobrar una prestación o subsidio del SEPE. En concreto, se trata de un conjunto de acciones que acredita que el solicitante está realizando gestiones efectivas para reincorporarse al mercado laboral, ya sea encontrando trabajo o mejorando sus oportunidades laborales. En este sentido, existen tres circunstancias por las que la Búsqueda Activa de Empleo se entiende acreditada.
Requisitos para acreditar la Búsqueda Activa de Empleo
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Participar en un Itinerario Personalizado de Inserción (IPI).
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Tener en curso, o haber finalizado en los últimos treinta días naturales a la presentación de la acreditación, con independencia del momento en la iniciaras, al menos tres de las siguientes actuaciones, siendo una de ellas distinta a las otras dos: Envío o presentación de tu currículum en tres empresas distintas; realización de una entrevista de trabajo; inscripción y/o actualización de los datos correspondientes a la búsqueda de empleo en una Agencia de Colocación; presentación de candidaturas en una Empresa de Trabajo Temporal autorizada; inscripción y/o actualización de datos como solicitante de empleo en dos portales de empleo, tanto públicos como privados; presentación a una oferta de empleo gestionada por un servicio público de empleo o agencia de colocación; participación en una acción formativa gestionada y/o financiada por entidades y organismos públicos; participación en un programa mixto de formación y empleo (Escuela Taller, Taller de Empleo, Casas de Oficio y otros programas); participación en programas de competencias clave; participación en un programa de prácticas no laborales gestionado o financiado por los servicios públicos de empleo; participación en una acción de fomento del emprendimiento gestionada por los servicios públicos de empleo y otras entidades y organismos públicos; participación en una acción específica de orientación así como en una sesión o taller informativo gestionado por los servicios públicos de empleo y otras entidades u organismos públicos; participación en cualquiera de las acciones ofertadas por los servicios públicos de empleo en el marco de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo.
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Haber trabajado en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social (por cuenta propia o ajena) en los 30 días naturales anteriores a la fecha de acreditación.
Por otro lado, en lo que respecta a la forma en que se debe acreditar la Búsqueda Activa de Empleo, es necesario solicitar cita previa en la oficina de empleo. Aunque se puede elegir entre una cita presencial o telefónica, lo más recomendable es optar siempre por la presencial para asegurarse de que el trámite se realiza correctamente.
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