Un juzgado de Málaga rechazó poner una orden de alejamiento al asesino machista de Benalmádena
La valoración del riesgo fue «medio» y, por eso, no se adoptaron medidas contra el presunto agresor
La mujer asesinada en Benalmádena denunció a finales de enero a su pareja por malos tratos
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Lina, la mujer asesinada presuntamente por su exmarido en Benalmádena, presentó una denuncia por amenazas el pasado mes de enero en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer 3 de Málaga, procedimiento que se derivó en un juicio rápido señalado en el Juzgado de lo ... Penal 12 de esta capital el 24 de enero. Era la primera denuncia que presentaba la víctima por violencia de género y en la misma no relató haber sido agredida por su pareja.
El Juzgado denegó la orden de alejamiento en base a la valoración de riesgo recogido en en el fichero Viogén, que es el sistema de protección de la víctimas de violencia machista y de seguimiento de sus agresores. La juez no consideró que el caso revestía un riesgo medio.
La fallecida y el presunto autor de su muerte mantenían una relación matrimonial desde hacía once años. Fruto de la misma habían tenido tres hijos, todos menores de edad. La fallecida tenía un cuarto hijo nacido en 2006 de una relación anterior.
El pasado 21 de enero, la víctima decidió presentar por primera vez una denuncia contra su marido. En la misma relató haber sufrido amenazas, coacciones y vejaciones leves por parte de su presunto agresor, pero aseguró que no había sido maltratada físicamente, que únicamente le levantó la mano sin llegar a golpearla.
Aunque la denunciante solicitó la adopción de una medida de alejamiento respecto de su presunto agresor, la juez no adoptó la medida al considerar que no concurrían en el caso los presupuestos exigidos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal para estos casos. De hecho, la valoración del riesgo para la mujer era medio, ya que las circunstancias del caso no eran de riesgo alto.
Los hechos denunciados por la víctima fueron considerados constitutivos de los delitos de amenazas, coacciones y de un delito leve de vejaciones. La entidad del caso no requirió la apertura de diligencias previas o de un proceso sumarial y finalmente se tramitó como un juicio rápido.
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