Más allá de que puedan llegar a resultar tóxicos en las relaciones entre progenitores y docentes, los grupos de Whatsapp pueden llegar a constituir una infracción que puede llegar a los 300.000 euros , según la Agencia Española de Protección de Datos.
Pero, ¿en qué casos estos grupos pueden resultar sancionados? Se tienen que dar dos premisas: que se incluya a sus miembros (o alguno de ellos) sin su consentimiento expreso , ya que, de esta manera, cualquier integrante puede ver el número de teléfono de los demás , dato de carácter personal y protegido por ley.
Además, constituiría una infracción si el creador del grupo es el colegio , utilizando los teléfonos móviles de los padres de sus ficheros. Administraciones públicas, empresas y profesionales se arrisgan a una multa sin se saltan esta normativa.
Cuando los admnisitradores el grupo son los propios padres y el colegio no tiene nada que ver, si algún miembro interpusiera una denuncia, sería mucho más complicado que prosperase .
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