Los inmigrantes irregulares tendrán que acreditar que viven en España para ser atendidos en la sanidad

Deberán presentar un certificado de empadronamiento o, en ausencia del mismo, facturas de suministros que acrediten el domicilio

Más de 28.000 personas han tenido problemas desde 2022 para acceder a la sanidad pública

EFE

Los extranjeros sin permiso de residencia en España tendrán que acreditar que residen en el país y que no tienen otro tipo de cobertura para poder ser atendidos en la sanidad pública. Así lo establece el proyecto de real decreto que el Ministerio de Sanidad ... saca este viernes a audiencia pública y que pretende «garantizar una aplicación homogénea en todo el territorio y facilitar el procedimiento para el reconocimiento del derecho a la atención sanitaria en este grupo de población», apunta el departamento de Mónica García.

Así, las personas sin residencia legal en España que quieran acceder a la sanidad deberán presentar, además de un documento que acredite su identidad, el certificado de empadronamiento. Pero en caso de no disponer de este último bastará con un certificado de matriculación en un centro educativo público o concertado, uno de escolarización de menores de edad que estén a su cargo, una carta de viaje expedida por el consulado al menos 90 días antes, un certificado de registro de visitas emitido por un servicio social o facturas de suministros como luz, agua, o Internet que acrediten el domicilio.

También deberán completar una declaración responsable en la que aseguren que no tienen otro tipo de cobertura sanitaria, como asistencia en otro país, seguro privado o que exista una tercera persona obligada al pago.

Aunque la administración tiene tres meses para responder a la solicitud, en el momento en el que se presente la solicitud se recibirá un documento provisional que permitirá acceder a la sanidad. Es decir, aunque no cumpla los requisitos, mientras no haya una resolución definitiva, el solicitante podrá ser atendido en el sistema sanitario. Pero el decreto establece que en caso de desestimar la solicitud se reclamarán los gastos.

La atención se extiende igualmente a españoles de origen que residan en el extranjero, así como a sus familiares directos (cónyuges o parejas de hecho, descendientes menores de 26 años o mayores de edad con discapacidad superior al 65 por ciento).

Límites

Sin embargo el ministerio pone límites a la asistencia a personas que se encuentren en estancia temporal en España para garantizar que no se atiende a personas que hayan viajado a nuestro país exclusivamente para ser atendidos por el sistema público. A estas personas se les pedirá un informe de servicios sociales que acredite su situación de vulnerabilidad.

El proyecto modifica además el copago ortoprotésico, equiparándolo al farmacéutico y estableciendo que quienes están exentos de este último, como pensionistas con rentas bajas, personas con discapacidad o colectivos en situación de especial protección, también lo estarán del primero.

Este decreto complementa a la ley de universalidad que el Consejo de Ministros aprobó en mayo de 2024 y que está desde entonces en el Congreso, pendiente aún de las enmiendas de los grupos. Lay ley establecía esa obligación para atender a los inmigrantes en situación irregular y lo que el ministerio hace con este decreto es fijar cómo se acreditará ese derecho a la atención.

El departamento de Mónica García justifica que aunque en 2018 se publicó un decreto sobre el acceso universal q la sanidad, desde entonces «se han identificado situaciones de aplicación desigual entre territorios, así como barreras administrativas que han limitado el acceso efectivo a la asistencia sanitaria, especialmente entre personas extranjeras en situación irregular».

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