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Una abogada explica cuánto te pueden embargar de la nómina y cómo es el procedimiento: «Aunque debas cinco millones...»

A través de las redes sociales, esta letrada insiste en que hay que tener claro quién hace la reclamación

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En ocasiones una persona puede pasar por un mal momento económico, lo que se puede traducir en deudas. En este sentido, puede ocurrir que Hacienda notifique un embargo de la nómina para saldar esos recibos a deber.

¿Pero es posible hacer esto? Asimismo, muchos se preguntan si es posible dejar de percibir la nómina en su totalidad. Una abogada del despacho Atila Legal ha respondido a estas preguntas subryanado que hay que tener claro desde dónde se incia el proceso y qué porcentajes son embargables.

Esta abogada es clara con la pregunta de si se puede embargar toda la nómina: «La respuesta es no. Nadie te puede embargar la nómina aunque debas cinco millones de euros».

Una abogada explica cuánto te pueden embargar de la nómina

Señala que hay dos tipos de procedimientos de embargo. Por un lado, Hacienda y la Seguridad Social quienes «pueden embargar siempre y cuando seas persona embargable sin procedimiento judicial». Por otro, entidades como bancos o financieras donde «siempre tiene que pasar por un procedimiento judicial».

Una vez comprendido cuándo es necesario que el caso pase primero por un juez, la letrada desglosa cuando y sobre todo cuánto te pueden embargar. Desde la base de que no se puede embargar toda porque no es legal, pone el foco en cuál es el salario mínimo.

En este caso da una cifra redonda, 1200 euros, aunque en realidad el salario mínimo en España en 2025 es de 1184. «Esos 1200 euros son intocables debas lo que debas y a quien se lo debas, entonces, si cobras menos no te pueden embargar», destaca.

Pero qué ocurre si se sobrepasa el salario mínimo: «Te pueden embargar el 30% de lo que pase el salario mínimo». Pone el ejemplo de una persona que cobra 1500 euros: «De cero al salario mínimo no te pueden embargar nada y del resto te pueden embargar el 30%».

¿Qué pasa si quien pidde un embargo es el banco?

Afirma que en el caso de que quien requiera el dinero sea el banco deberá pasar por un procedimiento judicial: «No es que mañana coge entra en tu cuenta y te quita todo. Eso no es legal y no pasa». Por tanto, destaca que todo es un procedimiento: «Cuando llevas tres meses de impago te pueden poner una demanda».

No obstante, señala que las entidades suelen tardar un poco más ya que antes avisan telefónicamente de la deuda «porque tienen más posibilidades de cobrarlo». Si las llamadas no surten efecto es cuando se inicia el procedimiento: «Poner la demanda, esta sigue su curso, sale la sentencia y luego llega la ejecución de sentencia y después se llega al embargo».

Explica que todo ello puede durar aproximadamente un año. Además, si se trata de embargos mediante la ley de la segunda oportunidad «todo se queda parado cuando estamos en la parte judicial». Por resumir, esta abogada destaca que «no te pueden embargar toda la nómina, siempre es un procedimiento judicial, salvo si es Hacienda y la Seguridad Social que tienen sus propias leyes y es a partir del salario mínimo».

Muchos usuarios le han agradecido a esta abogada la claridad en sus explicaciones, aunque muchos afirman que por un lado va la nómina y por otro la resolución judicial puede condenar a pagar algo desde la cuenta si hay ahorros.

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