Reforma de la 'ley mordaza': los letrados del Congreso cuestionan la desprotección policial
Piden al PSOE y sus socios que sopesen «perfeccionar» los cambios que pretenden en hasta 12 artículos
Indefensión policial
Lo pedimos en los despachos y también en las calles
Un rodea al Congreso en el año 2016
Los servicios jurídicos del Congreso de los Diputados no se muestran conformes con la nueva redacción que el PSOE y sus socios pretenden darle a un total de doce artículos de la ley de Seguridad Ciudadana, hasta un tercio de los ... que quieren modificar. Según ha podido saber ABC, la cuestión más grave que aprecian los letrados de la Cámara Baja en esa reforma -por la inseguridad jurídica que puede provocar-, es la eliminación de la presunción de veracidad de los atestados policiales.
Fuentes parlamentarias confirman que el borrador del informe de ponencia insta a «considerar si la redacción es tan clara como se pretende». Y es que, si finalmente llega a aprobarse esta reforma, la identificación de personas por parte de los agentes deberá estar basada en algo tan difuso como «criterios razonables, que responderán al comportamiento individual de la persona, o a la información o circunstancias objetivas».
Los servicios jurídicos de la Cámara Baja también alertan sobre la nueva infracción disciplinaria que el PSOE y sus socios pretenden crear para los agentes, aplicable cuando incumplan los «citados principios», faltos de claridad.
Más errores técnicos
En esta línea, los letrados advierten que el cambio que prevé el bloque de investidura no especifica el tipo de infracción disciplinaria que enfrentarían los agentes. «Cabría bien recoger la modalidad de infracción -muy grave, grave, leve- o bien en una disposición final recoger la ubicación y definición de la infracción», recomiendan, para eliminar una inseguridad jurídica que ya denuncian los sindicatos policiales.
Además, los letrados avisan de que la introducción de esa nueva infracción tendría su repercusión en la legislación autonómica correspondiente. No en vano, cada territorio establece regímenes disciplinarios propios para los cuerpos de seguridad sobre los que tiene competencia, como ocurre por ejemplo en el País Vasco, Cataluña o Navarra.
Todo ello afecta a cómo quedaría el artículo 16 de la norma, pero los juristas del Congreso también recomiendan más claridad en los cambios que pretenden introducir el PSOE y sus socios parlamentarios en otras once cuestiones que afectan a la intervención policial en materia de seguridad ciudadana, la graduación de las sanciones, la reparación del daño o indemnización, el acceso a los datos de otras administraciones públicas, la incoación del procedimiento abreviado o las reuniones y manifestaciones.
Lío con derechos y libertades
Sobre este último punto, la reforma planteada no aclara si la disolución de estas convocatorias debe realizarse en la forma que menos perjudique al ejercicio de este derecho de reunión o a sus titulares. Los letrados de la Cámara Baja también advierten de que los grupos reformantes utilizan «indistintamente» la expresión «Fuerzas y Cuerpos de Seguridad» y «Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado» y advierten que no son «en ningún caso equivalentes», ya que la primera formulación incluye también a los policías autonómicas y locales. «La utilización de una expresión u otra determina su ámbito de aplicación», se ven forzados a recordar. En esta misma línea, también denominan «libertades de reunión y manifestación», cuando se trata de dos derechos reconocidos por la Constitución.
Otra cuestión que señala el informe de ponencia es que no todo el contenido de la reforma tiene carácter orgánico, cuando la iniciativa sí lleva ese título. No corregir esta incoherencia conllevaría elevar de rango preceptos ordinarios, por lo que, para evitarlo, los letrados abogan por incorporar una disposición indicando qué preceptos son orgánicos y cuáles ordinarios. Según las citadas fuentes, el informe señala en rojo este contenido para «una mejor comprensión» de los grupos reformadores.