¿Me puedo librar de la mesa electoral si tengo ya las vacaciones pagadas?
El anuncio por parte del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, del adelanto de elecciones al 23 de julio perjudica a muchos que ya pensaban en las escapadas estivales
Mesas electorales, voto por correo, campaña... las fechas clave de las generales del 23J
Sigue en directo todas las reacciones a los resultados de las municipales y autonómicas del 28M y el adelanto de las generales
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónNo habían pasado ni 24 horas desde el cierre los colegios electorales en una maratoniana jornada de municipales y autonómicas cuando el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció una convocatoria adelantada de las generales.
Serán el 23 de julio, en menos de dos meses. ... Da comienzo así una carrera por la Moncloa que desde el principio está marcada por la debacle de la izquierda en los comicios locales, con especial descenso de Podemos, socio de Gobierno, lo que ha provocado que Sánchez tome la decisión de disolver las Cortes y convocar las elecciones para el verano.
Será esta una fecha conflictiva al tratarse de un mes en el que numerosos españoles aprovechan su descanso estival para marcharse de vacaciones.
Análisis | El adelanto electoral es una medida a la desesperada
Juan Fernández-MirandaJuan Fernández-Miranda, jefe de España y adjunto al director de ABC, analiza la decisión de Sánchez
La obligación de los españoles de constituir las mesas electorales bajo pena de multa si no se acude a la misma, salvo que la ausencia sea debidamente justificada, ha hecho a muchos ciudadanos en edad de votar pensarse si, quizá, el destino les tiene preparados una jugarreta y, en caso de que les toque, quedarse sin vacaciones.
¿Si tengo mis vacaciones pagadas y me toca en una mesa, las pierdo?
La pregunta que muchos españoles se hacen hoy es: ¿si tengo mis vacaciones pagadas y me toca en una mesa, las pierdo?
La respuesta, en principio, es sí... pero con matices. Las excusas de la Junta Electoral Central (JEC) no contemplan en ningún caso un viaje de ocio como tal, aunque sí señalan acontecimientos familiares de importante relevancia.
La Instrucción 6/2011, de 28 de abril de la JEC establece lo siguiente en cuanto a uno de los motivos personales por los que ausentarse de las obligaciones electorales:
«La concurrencia el día de la elección de eventos familiares de especial relevancia, que resulten inaplazables o en los que el aplazamiento provoque perjuicios económicos importantes, siempre que el interesado sea el protagonista o guarde con éste una relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad», explica.
¿Cuándo son las elecciones generales en España? La fecha que ha anunciado Pedro Sánchez
S.E.En una comparecencia sorpresa el presidente del Gobierno ha anunciado el adelanto de la fecha de las elecciones generales
Para ello, recalca el texto de la JEC, «el interesado no solo deberá acreditar documentalmente la previsión de celebración del evento sino también el carácter inaplazable del mismo o los perjuicios económicos en caso de suspensión».
Presentar alegaciones a la Junta Electoral de Zona
Como se menciona el perjuicio económico, aquellas personas que tengan ya sus viajes pagados en el momento de recibir la notificaciónde que les ha tocado mesa electoral, podrán presentar sus justificaciones (reservas pagadas de hoteles, vuelos, etc) a modo de alegación, aunque la última palabra en todo caso la tendrá la Junta Electoral de Zona que a cada ciudadano le corresponde.
Se espera que el sorteo de mesas se produzca alrededor del 24 de junio y los puestos de Presidente y Vocal de Mesa se deben comunicar en el plazo máximo de tres días posteriores.
«Los designados Presidente y Vocal de Mesa disponen de un plazo de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona causa justificada y documentada que les impida la aceptación del cargo», añaden en el documento de la JEC sobre la constitución de mesas electorales.
En el portal de la Junta Electoral Central aparece la relación de Juntas Electorales de Zona a la que cada ciudadano debe acudir en caso de necesitar presentar alegaciones una vez recibida la notificación.
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónEsta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete