Juristas, sobre el plan de Urkullu: «La Constitución no se puede cambiar por la puerta de atrás»
Los expertos no ven legitimidad posible en la Convención de reforma que propone el lendakari
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La propuesta del lendakari Iñigo Urkullu para poner en marcha una Convención Constitucional con el fin de «actualizar la interpretación de la Constitución» y abordar un cambio del modelo territorial mediante un pacto entre el Estado y las «comunidades históricas» provoca una reacción unánime ... entre expertos constitucionalistas: «No es viable».
El presidente vasco pone el foco en la disposición adicional primera de la Constitución, donde se proclama que la Carta Magna «ampara y respeta los derechos históricos de los territorios forales». Alrededor de ésta pretende abordar la reforma. Los catedráticos consultados afirman, en primer lugar, que una Convención Constitucional no está prevista en nuestro ordenamiento jurídico.
«Una convención constitucional no tiene ninguna legitimidad más que la que le atribuyan los que estén ahí dentro. Puede ser un paso previo cuando se decida que tiene que haber una reforma de la Constitución -yo misma soy partidaria de que se reconsidere el Título VIII porque está obsoleto- pero no se puede modificar sin una reforma como la prevista en la Constitución», afirma Encarnación Roca, vicepresidenta del Tribunal Constitucional hasta 2021, en conversación con ABC.
Esa reforma prevista en la Constitución implicaría que el proyecto lo aprobaran tres quintos de cada una de las cámaras, la disolución de éstas, la convocatoria de elecciones y la ratificación de la reforma a través de un referéndum. En caso de que la intención de una Convención como la propuesta por el mandatario vasco tenga el fin de que la propuesta informal que resulte de ésta se convierta en una proposición legal formal a través del Parlamento, los expertos consultados recuerdan que no se puede aprobar ninguna ley orgánica que interprete la Constitución porque el único intérprete de la Carta Magna es el Tribunal Constitucional. «La Convención no tendría ningún valor, lo tendrían sus conclusiones si se convierten en norma jurídica, en leyes. Y esas leyes, si no están dentro de la Constitución, se podrán llevar al Tribunal Constitucional. En la sentencia del Estatut de 2010 se estableció claramente que no puede haber disposiciones interpretativas de la Constitución en las leyes orgánicas porque el TC es el único intérprete de ésta», recuerda Joaquín Urias, profesor de Derecho Constitucional y exletrado del Alto Tribunal.
Todos los juristas consultados coinciden en que la sentencia del Estatut catalán es un precedente para el caso.«Las mayorías existen para que un cambio de esas características lo apruebe la inmensa mayoría del pueblo español, que ahora serían los representados por PP y PSOE. Llevamos 45 años intentando cambiar ciertos aspectos de la Constitución y no se ha hecho porque no se habrían alcanzado», reflexiona Daniel Berzosa, profesor de Derecho Constitucional de CUNEF. «Si se quiere reformar la Constitución, no se puede ir por la puerta de atrás», insiste.
Antecedentes fallidos
Rafael Rubio, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Complutense de Madrid (UCM), considera que aunque una Convención Constitucional no tendría validez ninguna porque «no es una figura institucional ni institucionalizada, puede convertirse en un instrumento de opinión pública» por parte del PNV. El experto recuerda que la tendencia de este tipo de convenciones que nacieron en los años noventa en ámbitos anglosajones es la de «dejar fuera a los políticos». «En casi todos los casos surgieron como una respuesta ciudadana a la inoperancia política, lo que tuvo consecuencias catastróficas porque se hacen propuestas polarizadas, ajenas a la realidad que finalmente no salieron adelante».
«En Islandia, padre de los intentos desde 2009, se convocó un Foro Nacional de 950 miembros elegidos aleatoriamente. Se invitó a 5.000 ciudadanos y se introdujeron representantes de la diversidad territorial, género o edad. En una segunda fase, en la Asamblea Constituyente, se eligió a 25 miembros que elaboraron finalmente la propuesta de reforma. Finalmente, no salió adelante y no ha habido reforma constitucional», ahonda el profesor Rubio.
En Irlanda sí salió adelante pero estaba dirigida a reformar la Constitución, no a hacer una nueva. En Chile sí que se optó por miembros elegidos democráticamente, que era quienes tomaban las decisiones. Pero, insiste el experto, «la tendencia general es dejar fuera a los políticos, que no creo que es en lo que estuviera pensando Urkullu cuando hizo la propuesta».