El Gobierno se marca como prioridad quitarle a la juez el caso del hermano de Pedro Sánchez
Lanza la consigna de que la magistrada se ha precipitado y que debe decidir el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura
Quién es Beatriz Biedma, la invisible juez del caso David Sánchez

Todos a uno y bien sincronizados. El PSOE, el Gobierno de Pedro Sánchez y la defensa de David Sánchez, hermano del presidente, contra el que la instructora Beatriz Biedma ha ordenado la apertura de juicio oral por tráfico de influencias ... y prevaricación, unifican su respuesta, relato y expectativas ante dicha noticia. La estrategia parece clara: acusar a la juez de precipitarse por no esperar a que la Audiencia Provincial se pronuncie sobre sus recursos, confiar en las instancias superiores y que sea el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) el que asuma todo el caso.
Arrancaron esta bien acompasada orquesta los socialistas extremeños el mismo jueves en el que se conocía la decisión de Biedma. Mostraban su «asombro ante el último espectáculo jurídico» de la juez, que calificaban de «ejercicio de funambulismo judicial». «Resulta cuanto menos curioso, por no decir inquietante, el súbito ataque de prisa que le ha entrado a la magistrada», afirmaban desde el partido que dirige otro de los implicados en el caso, Miguel Ángel Gallardo. Afeaban a Biedma que había dejado claro que no abriría juicio oral hasta que se resolvieran los recursos de las partes y ahora hace «justo lo contrario». «Ni la Audiencia Provincial ha hablado, ni los recursos se han resuelto… pero ella se lanza», describen, lo que a sus ojos provoca «contradicciones en cadena» y «una improvisación de última hora que genera una más que justificada desconfianza sobre la serenidad y el rigor del procedimiento».
«Las prisas no son buenas consejeras para tomar decisiones tan importantes en una causa judicial y menos sin conocer la opinión del tribunal superior», se sumaba este viernes el ministro de Justicia, Félix Bolaños, cuando atendía a los medios de comunicación antes de comparecer en la Comisión de Justicia del Senado. El argumentario, ciertamente similar al de sus camaradas extremeños. «La resolución es sorprendente porque no es nada habitual que se abra juicio oral sin esperar al criterio de la Audiencia Provincial», aseguró.
Añadió, entonces, un comentario que parece clave, al revelar su «confianza en la Audiencia Provincial y el Tribunal Superior de Justicia para que el proceso vaya por los cauces habituales». No fue el único miembro del gabinete que aprovechó para criticar el auto judicial. La vicepresidenta María Jesús Montero aseguró que la causa «se fundamenta en un bulo» y la ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, cuestionó que «si David no se llamara Sánchez de apellido, aquí no habría caso».
Prácticamente a la misma hora que hacía esas declaraciones el ministro, se conocía el escrito elevado por la defensa de David Sánchez, donde requería diversas aclaraciones y critica la apertura de juicio oral contra su defendido. Entre las aclaraciones, principalmente se exigían sobre las «contradicciones», siempre según los letrados de Sánchez, en las que incurre la instructora entre su providencia del 14 de mayo y el auto de marras. Porque según ellos, en la primera pedía esperar a resolver los recursos al auto de procesamiento y en cambio ordenaba la apertura de juicio cuando faltaban recursos «entre ellos, nada menos que el Ministerio Fiscal».
«Es preciso que se motive por el juzgado de instrucción la causa o causas provocadoras del radical cambio de criterio, que son desconocidas para esta parte, a los efectos procesales que procedan. ¿Por qué se ha dictado ese auto si su redacción se condicionaba a una circunstancia concreta que no se ha verificado?», exigían en el escrito.
Además de dichas explicaciones, su defensa plantea un conflicto competencial que parece en sintonía con lo dicho por el ministro, al cuestionar que sea un juzgado de lo penal el encargado del enjuiciamiento, porque entiende que debería ser la Audiencia Provincial de Badajoz la competente para ello al tratarse de un delito de prevaricación, que conlleva una pena de inhabilitación de naturaleza grave. Invocan el artículo 783 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que dice que el juez debería señalar el órgano competente para conocer y fallar. Por todo ello, considera como «manifiestamente errónea» la asignación de competencias efectuadas provisionalmente por las acusaciones populares.
En ese sentido, la veloz y reciente entrada en la Asamblea de Extremadura de Miguel Ángel Gallardo y por tanto, su aforamiento exprés horas antes del auto de la juez, hacen que la mención al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura de Bolaños tenga todo el sentido.
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