narcotráfico
El Supremo tumba el intento de Miñanco de acumular condenas para aligerar las penas
El alto tribunal rechaza que los hechos de la última sentencia, de 2019, ya estuviesen en una anterior, de 1993: el blanqueo «se dilató hasta 2008; e incluso, 2012»
La última estocada a Sito Miñanco pone en jaque su patrimonio millonario
Sito Miñanco, en su último juicio, en noviembre de 2018 en la Audiencia Provincial de Pontevedra
Pendiente de un juicio, todavía sin fecha, de cara al que la Fiscalía reclama para él 31 años de cárcel, Sito Miñanco permanece en prisión cumpliendo una condena anterior, la última, que le impuso la Audiencia de Pontevedra, de tres años y nueve meses ... de cárcel, también por delitos contra la salud pública y blanqueo. Sus abogados habían intentado, sin éxito, que este tribunal acumulase esta sentencia a dos anteriores —apelando al artículo 76.2 del C.P.—, como fórmula para rebajar el tiempo total de condena.
Y ahora, los abogados del narco han recibido también el portazo del Supremo, que avala el razonamiento del tribunal provincial de que las tres condenas deben cumplirse «por separado». Las anteriores, de 20 años y 16 años y diez meses, respectivamente, impuestas por la Audiencia Nacional, ya las había cumplido.
Miñanco alegaba, en síntesis, que los hechos por los que fue condenado en esta última sentencia —blanqueo de capital procedente del tráfico de drogas— datan de 1988 a 1991 y ya se recogían en la primera sentencia de la Audiencia Nacional, de 1993. Sin embargo, tanto la Audiencia de Pontevedra, como antes la Fiscalía, y ahora el Supremo, concluyen que «no resulta cumplimentado el requisito cronológico» referido por la defensa.
El alto tribunal reconoce que sí, que el blanqueo que recoge la sentencia de 2019 comenzó en 1985, con la constitución de determinadas empresas, pero «se dilató hasta el año 2008; e incluso, hasta el 2012». No pudo haberse juzgado, por tanto, en 1993.
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