La nueva ley de bienestar animal valenciana contempla multas de hasta 3.000 euros por dejar al perro en el coche
El texto normativo, aprobado con los votos en contra de la oposición, abre la puerta a que los municipios implanten una tasa por la tenencia de mascotas
VALENCIA
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Iniciar sesiónLas Cortes Valencianas han aprobado este jueves la nueva ley autonómica de bienestar animal con el voto a favor de la izquierda -PSPV, Compromís y Unides Podem- y la oposición en contra. Una normativa que se adelanta a la estatal y prioriza la adopción ... frente a la venta y la cría de animales de compañía, que queda limitada a los profesionales autorizados.
La ley obliga a los propietarios a identificarlos mediante un chip o una muestra genética en un plazo de seis meses desde su entrada en vigor. Se les proporcionará un código para inscribirlos en un registro autonómico que funcionará como un censo y que contendrá toda la información actualizada sobre la titularidad y la salud del animal.
Del mismo modo, las perras y las gatas solo podrán reproducirse a partir del año de edad y hasta los ocho, con un periodo entre partos de doce meses. Pese a las discrepancias entre los socios de Gobierno, finalmente no se considerará maltrato las lesiones que sufren los perros de caza, los guía o los de rescate en el ejercicio de sus funciones.
La competencia sancionadora recaerá en los municipios, que tendrán que adaptar sus ordenanzas y podrán limitar el número máximo de animales según las características de una vivienda. Del mismo modo, los Ayuntamientos podrán implantar una tasa para gravar la tenencia, venta y cría de animales de compañía; los costes de la estancia del animal en un centro de acogida; y los tratamientos que haya recibido antes de su adopción.
Además, en el plazo máximo de dos años desde su entrada en vigor, la Generalitat tendrá que tener listo un registro autonómico de personas inhabilitadas para la tenencia de animales de compañía por sentencia judicial o resolución administrativa.
Se consideran infracciones leves -con sanción de 100 a 3.000 euros- no atender las necesidades del animal, no identificarlo, no retirar sus excrementos de la calle, no llevarlo atado en la vía pública, no esterilizar a perros y gatos que puedan tener contacto incontrolado con otros o dejarlo en el coche al sol y sin ventilación. Si esto último tiene consecuencias en su salud, la multa puede elevarse hasta los 9.000 euros.
Un supuesto que entraría en el apartado de faltas graves, entre las que destaca no proporcionar a los animales los tratamientos veterinarios, la alimentación y la higiene necesaria si su salud se resiente o, directamente, abandonarles. Este punto de la ley también sanciona el maltrato aunque no cause daños irreversibles, la incitación al odio, la venta en redes sociales o el adiestramiento para peleas. Del mismo modo, prohíbe su utilización en atracciones feriales.
Hasta con 45.000 euros podrán castigarse las infracciones consideradas muy graves, como el sacrificio y la mutilación sin prescripción veterinaria, las conductas -maltrato o abandono- que lleven a la muerte del animal, los espectáculos de circo o la cría de animales salvajes.
«No se consideran sancionables aquellos casos justificados de muerte o lesiones a animales provocados en defensa de la integridad física de personas o animales o en caso de accidentes sin dolo no imputables a negligencia», indica la nueva normativa.
El dinero recaudado, añade el texto aprobado, tendrá que destinarse a «actuaciones que tengan por objeto la protección de los animales». No obstante, si las administraciones lo consideran oportuno, estas sanciones puedan llevar aparejado el decomiso de los ejemplares si están en riesgo, el cierre de un establecimiento, o la inhabilitación para tener mascota.
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