Los argumentos de la ONCE para no pagar los 400.000 euros de un cupón premiado en Valencia
El reglamento interno de la organización estipula la suspensión del abono del boleto agraciado si su portador se encuentra inscrito en el registro nacional de autoprohibición para ludópatas
«Estamos destrozadas, los 400.000 euros que se niega a pagarnos la ONCE nos hubieran cambiado la vida»
D. M.
VALENCIA
El reglamento regulador de la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) establece negro sobre blanco los diferentes supuestos en los que puede suspender el pago de un cupón premiado. Entre ellos, especifica la imposibilidad de abonar la recompensa económica a aquellos perceptores inscritos ... en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (RGIAJ), el sistema de autoprohibición para ludópatas, dependiente del Ministerio de Consumo.
Esta misma situación es la que ha vivido en sus propias carnes una familia valenciana, quienes han denunciado a la ONCE por no pagarles los 400.000 euros que les tocó en el último Sorteo del Extra de Navidad del 1 de enero. Según relata la mujer agraciada a ABC, cuando su marido acudió a la delegación territorial de la organización en Valencia para cobrar el premio, «no le explicaron la normativa y le hicieron firmar un montón de papeles sin poder leerlos». En uno de esos documentos, certificaba ser el tenedor del cupón y no poder cambiar dicha titularidad a posteriori. Minutos después, su nombre apareció en la base de datos del RGIAJ, lo que imposibilitó el abono.
Fuentes oficiales de la ONCE, tras mostrarse comprensivos y reunirse con los afectados, argumentan a este periódico que «a la persona que acude a cobrar un cupón se le considera portadora, titular y depositaria del mismo». Por ello, si ésta se encuentra inscrita en el registro estatal de autolimitación del juego, «deben cumplir con la ley y no se le puede pagar». Explican que «cuando se comprueba el DNI del usuario y la titularidad del mismo, automáticamente se queda bloqueado el pago del premio».
Al respecto, subraya la ONCE que «no está haciendo nada que no se hubiera hecho en algún otro caso o que no hubiera realizado cualquier otro operador de loterías en España». Así, a partir de este momento, la organización deja en manos de la Justicia el posible pago del premio, pero que «no pueden hacer más» al acogerse «a lo que les impone la norma estatal a nivel de juego responsable y certificación de juego seguro».
¿Qué dice el reglamento de la ONCE?
Según se detalla en el artículo 37 del reglamento regulador de la Organización Nacional de Ciegos Españoles, el organismo «realizará las validaciones y controles que considere oportunos para asegurar la veracidad del premio». Durante estas tareas de comprobación, «podrá demorar el pago recogiendo el cupón premiado contra la entrega del oportuno justificante a su portador, debiendo devolverse dicho justificante en el momento de percibir el importe que corresponda».
Asimismo, en el quinto punto de esta artículo se especifica que la ONCE suspenderá el abono de aquellos premios superiores o iguales a 2.000 euros «a perceptores que en el momento del pago sean menores de edad o se encuentren inscritos en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego».
En consideración del RGIAJ, se estimará tanto su estado en el momento de la verificación como el que tenía en el instante de la adquisición del cupón, «salvo prueba en contrario admitida en derecho aportada por el perceptor».
¿Dónde va a parar el dinero?
De acuerdo con la misma ordenación, si tras realizar las comprobaciones oportunas se constata que concurre en esta supuesto, la organización «no abonará el correspondiente premio, cuyo importe se destinará a los fines sociales propios de la ONCE».
«La ONCE está firmemente comprometida con el Juego Responsable y ha configurado estas medidas para facilitar a los usuarios mecanismos rápidos y sencillos que les permitan autoexcluirse de las actividades de juego», explica la corporación en su página web, donde explica cómo inscribirse en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (RGIAJ) que gestiona la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ).
La inscripción en el RGIAJ es válida en todo el territorio nacional, se comunica a las comunidades autónomas y tiene carácter indefinido, con un periodo mínimo de permanencia de seis meses. De esta manera, una vez inscrito el sistema de la ONCE detecta la inclusión en este registro y el titular no podrá jugar, cobrar premios ni recargar saldo en su cuenta de juego online.
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