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Tribunales

El TSJ condicionó la imputación de Mónica Oltra a la existencia de los «indicios serios» que esgrime el juez

El alto tribunal solicitó hace un año una instrucción previa como condición para abrir diligencias contra la vicepresidenta valenciana por la gestión de los abusos de su exmarido

La Fiscalía avala la decisión del juez de imputar a Mónica Oltra

Imagen de archivo de la vicepresidenta de la Generalitat Valenciana, Mónica Oltra EP
Toni Jiménez

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La pelota está en el tejado de los tribunales, pero la cuestión sigue agitando el tablero político. La vicepresidenta de la Generalitat, Mónica Oltra , se enfrenta en las próximas semanas a una posible imputación por la gestión que la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas hizo del caso de abusos sexuales a una menor tutelada por el que se condenó a su exmarido.

El titular del Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia ha solicitado -en una extensa exposición razonada- al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que investigue a Oltra -aforada- y a las otras trece personas involucradas en la causa , por su «conexión material inescindible». Por tanto, en caso de que la Sala de lo Civil y lo Penal diera una respuesta afirmativa, lo más probable -a tenor de la jurisprudencia del Supremo- sería que todo el caso pasará a manos del alto tribunal.

¿Quién y cuándo debe decidirlo? En un primer momento, los cinco magistrados que forman la Sala deberán nombrar a tres jueces para que se pronuncien sobre la admisión del escrito y den traslado a la Fiscalía para que establezca su postura, tras lo que decidirán si imputan o no a la dirigente de Compromís. Un proceso complejo que se alargará todavía unas semanas, según fuentes jurídicas.

La decisión del instructor Vicente Ríos de elevar esa exposición al TSJ fue recurrida por una de las invetsigadas -la directora territorial de Igualdad, Carmen Fenollosa-, que motivó el primer pronunciamiento del fiscal al respecto: el Ministerio Público respalda la decisión del magistrado.

No obstante, este asunto no le es ajeno a la Sala de lo Civil y lo Penal. El TSJ ya ratificó la condena a cinco años de cárcel -a la espera del recurso al Supremo- impuesta por la Audiencia de Valencia a Luis Ramírez Icardi, el educador que entre finales de 2016 y principios de 2017 abusó de una menot de 14 años en el centro concertado Niño Jesús de la capital del Turia.

Pero además, hace justo un año -en mayo de 2021- la misma Sala rechazó investigar a la dirigente de Compromís -y a otros cargos de su departamento- tras la querella presentada por la cofundadora de Vox Cristina Seguí, que más tarde llevó a un juzgado de Instrucción y acabó dando pie -junto a la denuncia del abogado de la víctima, el líder de España 2000 José Luis Roberto, a la causa abierta actualmente.

La Sala -con Carlos Climent como presidente y Antonio Ferrer y Vicente Torres como vocales- entendió entonces que no podía imputar a Oltra porque no se disponía de «ningún indicio objetivo» de que hubiera ordenado proteger a su entonces marido. La única sospecha existente, según defendió el tribunal, partía de que todos los implicados estaban vinculados a Igualdad y que «el afectado fue en su momento» pareja de la consellera. Tampoco la Fiscalía lo apoyó.

Los jueces pusieron el foco en que, al no existir una instrucción previa sobre la actuación de los no aforados que expusiera su responsabilidad, no podían valorar «hasta qué punto ello obedeció a una conducta deliberada así como de quién partió y particularmente si tuvo alguna intervención directa o indirecta» la vicepresidenta del Consell.

Sin embargo, los magistrados manifestaron que «todos los elementos puestos de manifiesto por la querellante justifican plenamente el inicio de una investigación penal dado lo sospechosa que resulta la actuación del personal directivo y técnico de la Conselleria, particularmente del personal que ordenó y llevó a cabo lo calificado como "instrucción parajudicial" , así como el tratamiento dispensado a la menor que según lo relatado, lejos de ser protegida fue objeto de una injustificada persecución». Por ello, remitieron a la querellante a un juzgado de instrucción, como así ocurrió.

Ahora, al contrario de lo señalado por el instructor cuando se inició la causa, Ríos considera que «existen indicios racionales, serios y fundados» de la participación de Oltra en el presunto encubrimiento del agresor y el supuesto desamparo a la víctima. Es la frase que puede cambiarlo todo.

Imagen de Mónica Oltra, en el último Pleno de las Cortes Valencianas, sosteniendo la foto que, a su juicio, demuestra que es víctima de una «cacería de la extrema derecha». En ella aparecen la cofundadora de Vox Cristina Seguí, el expresidente valenciano Francisco Camps y el empresario Alberto de Rosa ROBER SOLSONA

En una exposición razonada de 71 páginas, el magistrado subraya que «desde el punto de vista de la investigación, en modo alguno puede soslayarse» que la manera de proceder de los trece investigados «tuviera que ver con decisiones de la máxima responsable de la Consellería en la que trabajaban o de la que dependían todos ellos».

Sin embargo, matiza, «no puede negarse que los hechos afectaban de forma muy relevante» a Oltra, «no solo en el plano personal, como es obvio, sino también e n el plano de sus responsabilidades políticas , ante la carencia de cualquier protocolo en la Conselleria para proceder en supuestos tan graves como el del abuso sexual continuado de una niña tutelada y en tanto que, por esta actuación de los funcionarios a su cargo, no salieron entonces a la luz graves hechos, penalmente relevantes, atribuidos a su marido».

En ese sentido, el instructor pone el foco en varias formas de proceder inusuales. Entre ellas, que desde el primer momento, el nombre del educador no apareciera completo en ninguno de los informes redactados desde que la víctima relatara los hechos en febrero de 2017. Las responsables del centro -«no se alcanza a entender por qué»- no dieron credibilidad a la chica e «incomprensiblemente» no se le derivó en un primer momento a un servicio especializado -el Instituto Espill-. Todo el mundo en la residencia conocía la relación del agresor con la dirigente de Compromís.

«Al nivel propio de los indicios, no existió en sede de Conselleria ninguna voluntad real de esclarecer los hechos sino, por el contraro, de ocultarlos, con una mera apariencia de actuaciones dirigidas a esclarecerlos», señala el magistrado. De las diligencias practicas se extrae que los subordinados de Oltra que conocían lo ocurrido actuaron «en total discreción», tal y como una de las funcionarias indica en un correo electrónico de esas fechas.

Incluso se permitió que el educador, cuando volvió al centro a las pocas semanas como si nada hubiera ocurrido -ni se informó a Fiscalía ni se incluyó en el expediente de la menor-, redactara un protocolo de actuación para educadores del turno de noche.

El informe de Espill se orientó a «desacreditar a la menor e interferir en un procedimiento penal en curso en el que su marido era el investigado», según el juez

La menor acabó relatando los abusos en junio a dos policías que se personaron por otros motivos en la residencia en la que vivía. La Fiscalía abrió diligencias en junio - envió tres requerimientos sin éxito a Igualdad - y el 27 de julio un juez ya había abierto un procedimiento y dictado una orden de alejamiento del agresor sobre la víctima.

La versión de Mónica Oltra se ajusta a la de los plazos judiciales. La titular de Igualdad asegura que conoció lo ocurrido cuando recibió una notificación judicial en su casa. El juez ha verificado que esa comunicación llegó el 4 de agosto. Cuatro días después, el 8 de agosto por la tarde, se recibió en la dirección territorial de Igualdad.

El instructor destaca en su escrito dirigido al TSJ que Oltra «es la única que ha reconocido públicamente» que conociera la existencia de un proceso judicial en marcha cuando se abrió un expediente informativo, bajo el nombre de «Información Reservada 1/2017» . Pese a que tras la declaración de dos altos cargos desmitiendo su versión la vicepresidenta haya matizado que fuera ella quien ordenara abrir esa «investigación paralela a la judicial carente aparentementede todo sentido y que comportaba el empleo de recursos públicos, humanos y materiales, con el consiguiente coste», el juez considera que todos los indicios apuntan en esa dirección.

Es este el punto más controvertido de la causa, pues pese a que la consellera ha asegurado que quiso conocer los fallos del sistema, el estado de la joven, «saber qué actuaciones se habían realizado, por qué no se había derivado a la presunta víctima a Espill, por qué no se le había hecho la atención psicológica de tratamiento que hacía falta…», el objetivo del informe no era ese: se orientó a «desacreditar a la menor e interferir en un procedimiento penal en curso en el que su marido era el investigado».

De hecho, el magistrado hace alusión al planteamiento que Oltra utilizó durante su comparecencia en las Cortes Valencianas en abril de 2021: «Pues bien, ¿se imaginan que ante esta situación yo como consellera no hubiera movido ni un dedo para ver qué ha fallado, ni para ver cómo está la joven, ni para asegurarme si es cierto lo que cuenta? ¿Qué me habrían dicho ustedes?».

La respuesta -asevera el juez- es «simple»: «No hubiera ocurrido nada, porque a eso ya se dedicaba quien por Ley tiene encomendada esa función , que no es otro que el Juez de Instrucción, una vez judicializadas las diligencias de la Fiscalía Provincial».

Además, incide en el «sesgo» del documento y en la dureza con la que se trata a la menor. Ese informe psicológico del Instituto Espill concluyó que la versión de la víctima era era «poco creíble». A la Fiscalía solo se remitió en diciembre de 2017 el expediente final, basado en el de Espill, que calificaba como «no creíble» el relato de la joven. El archivo completo fue enviado al Ministerio Público dos años después, cuando ya se había celebrado el juicio, que tuvo que repetirse parcialmente.

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