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Ordenan a un hombre a compensar a su exmujer con 150.000 euros por dejar su trabajo para cuidar a sus hijas

La Audiencia Provincial de León firma una compensación inédita por la exclusividad de la exesposa durante los 22 años que duró el matrimonio

La Justicia portuguesa condena a un hombre a pagar a su expareja 60.000 euros por su trabajo doméstico

Escenificación gráfica de un divorcio FOTOLIA

M.C

La Audiencia Provincial de León ha dictado esta semana una sentencia inédita en materia de divorcios al ordenar a un hombre pagar una compensación a su exmujer que asciende a 150.000 euros por haber cuidado a sus hijas durante los 22 años que duró el matrimonio.

Se trata de una indemnización por exclusividad hacia la familia y los cuidados del hogar después de que la mujer dejara el trabajo previo que tenía en Telefónica para dedicarse a tiempo completo a su casa y sus hijas.

«Parece obvia la procedencia de la compensación económica reclamada, al margen de que durante el matrimonio el esposo le haya donado el dinero para la compra de un solar o de un coche, toda vez que la recurrente ha venido contribuyendo con su dedicación a la familia y a las cargas del matrimonio», detalla la sentencia, según publican medios locales.

La mujer dejó su trabajo en Telefónica por el que percibía 150.000 pesetas en los años 90

La cuantía total de 150.000 euros se ha calculado en función del salario mínimo interprofesional durante las más de dos décadas que duró la unión matrimonial.

El exmarido podrá optar entre abonar de una vez la cantidad completa o dividirla en cuotas mensuales que no pueden ser inferiores a los 500 euros.

Divorciados desde 1998

La pareja está divorciada desde 1998 y, hasta que la mujer recurrió, la pensión alimentaria estaba fijada en 1.200 euros mensuales.

En el momento de casarse, decidieron hacerlo en régimen de separación de bienes y, durante los 22 años de matrimonio, la mujer se dedicó por entero al cuidado de las hijas y el hogar, pese a contar con ayuda externa en la casa, un argumento en contra de la compensación empleada por el exmarido y sus abogados.

La Audiencia Provincial de León entiende, sin embargo, que la presencia de servicio doméstico no excluye que la exmujer pueda beneficiarse de una compensación a la que se llega en parte por el desequilibrio económico entre ambos, ya que, al dejar su trabajo previo al casamiento, dependía en lo financiero de su marido y la empresa que este regentaba.

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