Declaran procedente el despido de una mujer que subió vídeos bailando en TikTok estando de baja
La Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha dado luz verde al cese de la empleada que tenía permiso médico por lumbalgia
Bailando desnudos en TikTok: el peligroso desafío viral que puede acabar en 'hackeo'
ABC
Las redes sociales en las que acostumbramos a dar buena cuenta de nuestro día a día son una de las formas de comunicación más comunes y que en los últimos años se han extendido en toda la sociedad. Sin embargo, más allá del entretenimiento, ... estas pueden ejercer de espías y contribuir a que quien no queremos se entere de algo que pretendemos ocultar.
Eso es lo que le ha ocurrido a una trabajadora de una empresa de Castilla y León, Semark AC Group, responsable de la cadena de supermercados Lupa. La mujer llevaba nueve meses de baja por una lumbalgia cuando, para su sorpresa, recibió una carta de despido.
El motivo del cese era que su jefa directa había visto una serie de vídeos en la red social TikTok en los que la empleada, con 15 años de experiencia en la empresa, bailaba sin cesar pese a la dolencia por la que estaba de permiso médico.
La notificación se produjo en septiembre 2021, cuando la mujer recibió la misiva en la que se detallaban las razones por las que se procedía a echarla y de la que 'El Periódico' cita un fragmento:
«Se ha podido constatar que, desde la fecha de baja, y hasta el 10 de septiembre, usted ha realizado multitud de publicaciones a modo de videos con el citado perfil. En los mismos, baila, se mueve y actúa de un modo que es incompatible con la lesión diagnosticada en enero de 2021», explicaban en la carta.
«Lo que estaba diagnosticado como un proceso corto en cuanto a su curación, se ha convertido en una exposición viral de videos, que demuestran el fraude al sistema de prestaciones, y una falta de respeto a la empresa y a sus compañeros», añadía con dureza ante la gravedad del engaño.
El TSJ ratifica el despido
La mujer recurrió el despido tratando de declararlo como improcedente, pero ahora el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha respaldado a la empresa y ha avalado el cese, calificándolo de procedente al entender que efectivamente la exempleada estaba cometiendo un fraude.
No es la primera sentencia que se decanta por admitir la actividad en redes sociales de un empleado como prueba para tomar una decisión cuando se trata de perfiles públicos, pero el debate sobre la privacidad está de nuevo servido ya que, en otros casos similares, el juez ha entendido que se trataba de una intromisión.
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