La Audiencia Nacional absuelve al jefe de los Ángeles del Infierno tras descartar grupo criminal
Condena a 32 personas y exonera a una docena, sustituyendo las penas de cárcel por multa a los que reconocieron los hechos
Juicio a los Ángeles del Infierno: «Nunca en mi vida he estado en una asociación de moteros»
Madrid
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Iniciar sesiónLa Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a 32 acusados por su vinculación al grupo motero Hells Angels, conocido como Los Ángeles del Infierno, por actividades criminales desarrolladas en Palma de Mallorca entre 2009 y 2013, ... mientras que ha absuelto a otros 13, entre ellos su jefe, Frank Hanebuth, tras descartar que conformasen una organización criminal.
La sentencia, notificada este martes, absuelve así de organización criminal a todos los acusados por este delito, incluso a quienes lo habían reconocido específicamente tras alcanzar acuerdos de conformidad con la Fiscalía Anticorrupción: 45 personas fueron al banquillo, 35 llegaron a pactos de reconocimiento de los hechos -y han visto rebajadas por ello sus penas y/o transformadas en multa- y 9 plantaron defensa en el juicio.
El señalado como líder, presidente de los Hells Angels de Hannover y jefe de este «capítulo» o grupo en Mallorca, Frank Armin Hanebuth, estaba entre esos nueve y la Sala le ha exonerado. El tribunal concluye que no consta acreditado que intimidase a persona alguna o que se instalase de forma permanente en España con la intención de crear un capítulo en la isla balear de la organización que él mismo dirigiese y liderase «como base para la continuación de las presuntas actividades criminales« por las que ya estaban siendo investigados en Alemania, como sostenía Anticorrupción.
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La resolución impone penas de hasta dos años de prisión por distintos ilícitos a 31 de los condenados y llega hasta los 9 años y 9 meses de cárcel en el caso de Khalil Youssafi, uno de los supuestos lugartenientes de Hanebuth. Reconoció los hechos, así que todas las penas por delitos de detención ilegal, contra la salud pública, tenencia ilícita de armas, prostitución y encubrimiento que se le han impuesto quedan sustituidas por multas.
Su hermano Abdelghani Youssafi, que se presumía también en una posición preponderante y no se conformó con el relato de la Fiscalía, ha sido sin embargo condenado a dos años de cárcel por delito de prostitución. Queda absuelto, no obstante, de todo lo demás: organización criminal, amenazas, coacciones, encubrimiento, detención ilegal, blanqueo de capitales, tenencia ilícita de armas y omisión del deber de perseguir delitos.
También ha sido condenado Paul Engelke, supuesto mano derecha de Hanebuth, por amenazas y encubrimiento a un año y medio de prisión, fruto de la absolución por organización criminal y de la atenuante simple de dilaciones indebidas que el tribunal ha aplicado al calcular las penas de todos y cada uno de los condenados.
Constaban asimismo entre los acusados un agente de la Guardia Civil y dos policías locales de Mallorca. El tribunal condena al primero por delito de violación de secretos a una pena de multa y le absuelve de cohecho y de incumplimiento del deber de perseguir delitos. Mientras, absuelve a uno de los municipales del delito de pertenencia a organización criminal y cohecho y condena al otro a seis meses de inhabilitación para cargo público por omisión del deber de perseguir delitos.
Son moteros, no una organización criminal
Para la Sala, no está acreditado que conformasen una organización criminal, sino que «son personas asentadas en la isla de Mallorca (Islas Baleares), muchas de ellas relacionadas con el club de moteros de ámbito internacional denominado «Hells Angels Motor Club» o «Ángeles del Infierno Motor Club» en su versión española«, sin que conste que »se integren en una estructura delictiva jerarquizada, con pretensiones de permanencia y en la que cada uno de sus miembros adopta un concreto rol«, como exige el tipo penal.
Tampoco ha quedado acreditado, dice la sentencia, que «Hells Angels» sea una organización perfectamente estructurada que realiza el control interno de sus miembros de forma coactiva o violenta, con un fuerte carácter jerárquico y una disciplina férrea, como sostenía la acusación pública.
Desvincula así de este marco los delitos que sí se han acreditado relacionados con la prostitución, el tráfico de drogas, la tenencia ilícita de armas, el blanqueo de capitales o las amenazas, «sin perjuicio de que alguno de sus componentes esté o haya estado involucrado en investigaciones policiales y judiciales por la presunta comisión de hechos a ellos reprochables criminalmente, no cometidos al amparo de aquella asociación lícita e inscrita».
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