ERROR EN LOS DIAGNÓSTICOS
María Jesús Montero eliminó la obligación de informar a las pacientes dudosas de cáncer de mama cuando era consejera de Salud
La hoy vicepresidenta de Pedro Sánchez introdujo en el protocolo que no se creara «ansiedad» innecesaria a las pacientes
Los fallos de coordinación en el cribado de cáncer de mama en Andalucía se remontan a 2012, con el PSOE en la Junta
Sevilla
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Iniciar sesiónEl protocolo en vigor que usa el Servicio Andaluz de Salud (SAS) para comunicarse con las beneficiarias del programa de detección precoz del cáncer de mama data de 2011 y fue aprobado siendo consejera de Salud de la Junta de Andalucía ... la actual líder del PSOE-A y vicepresidenta del Gobierno, María Jesús Montero. Fue este documento, que actualizaba los dos anteriores (de 2002 y 2005), el que eliminaba la recomendación de informar a las pacientes desde el primer momento, aplazando esa comunicación hasta el «informe de alta» y evitando hacer constar las lesiones benignas.
Hay que recordar que el PSOE-A ha llegado a calificar este protocolo, el que rige aún y que aprobó Montero, como «el de la vergüenza»
Los tres protocolos explican que cuando la mamografía arroja resultado Bi-RADS-3, es decir, «probablemente benigno», hay un plazo de 6 y 12 meses para repetir las mamografías y no someter así a las mujeres «a una irradiación innecesaria».
Revisión y actualización
El protocolo de 2002 no establece la recomendación de informar a la paciente en ningún plazo de terminado. El protocolo de 2005, con María Jesús Montero ya de consejera, sí lo establece: hasta 60 días para los casos Bi-RADS-3 -30 días para comunicar resultados y 30 días más si es necesaria una «valoración adicional»-.
De su lado, el protocolo de 2011 se elabora como «revisión y actualización del documento anterior, incorporando nuevos aspectos relacionados con dimensiones específicas de calidad, tales como la persona, la evidencia científica, el uso adecuado del medicamento, los cuidados enfermeros y la seguridad del paciente».
'Informe de alta'
Este documento, que es el que está en vigor, elimina la recomendación de informar a las pacientes en un tiempo establecido y recoge en la página 59 que la paciente recibirá el «informe de alta». Así lo refleja la tabla 'Subproceso 1: Desde el hallazgo sospechoso en prueba de imagen o existencia de síntomas hasta Valoración por Comité UFPM'.
El 'informe de alta' sólo puede emitirse después de la segunda prueba. Antes de esa prueba, la única comunicación que recibía la paciente era la fecha de la cita para realizarla, señala el documento.
En éste y en los otros protocolos se alude asimismo a la «ansiedad» y a la afección emocional que provoca en las pacientes las dudas del cáncer. Incluso, en el de 2005 se anima a los facultativos a evitar la «sobreimplicación» de las pacientes y el «burn out» (desgaste emocional).
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