Coronavirus Córdoba
Decreto del alcalde de Córdoba | Cierre de parques, mercadillos y mitad de aforo en sedes deportivas
José Maria Bellido firma un decreto en el que adopta las nuevas restricciones de la Junta de Andalucía en Córdoba
P. G-B.
El alcalde de Córdoba, José María Bellido , ha publicado un decreto que entra en vigor a las 00.00 horas de este domingo 25 de octubre y que afecta a las instalaciones, actividades y a la administración muncipal a las que adapta a ... las nuevas medidas y restricciones adoptadas por la Consejería de Salud por el avance del Covid-19 en el municipio.
La adopción de medidas de emergencia en relación con establecimientos municipales y actividades generales municipales dirigidas a la ciudadanía son:
- Con arreglo al art.4 a) de la Orden de la Consejería de Salud y Familias de 14 de octubre de 2020 no se permitirán visitas ni salidas a los usuarios en los centros socio-sanitarios de carácter residencial de titularidad municipal.
-La asistencia a velatorios se limitará a un máximo de quince personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, sean o no convivientes. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para la cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de quince personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, el ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto.
-En los espacios y edificios municipales donde se presten servicios abiertos al público no se podrá superar el cincuenta por ciento del aforo permitido.
- En el caso de celebraciones nupciales y de otras ceremonias civiles organizadas por el Ayuntamiento, el número máximo de participantes quedará limitado a un máximo del 50 por ciento del aforo, tanto en espacios cerrados como al aire libre, que deberán permanecer sentados.
-Se procede a la suspensión de la celebración de los mercadillos existentes en el término municipal de Córdoba: Villarrubia (sábado); Moreras (sábado); Fuensanta (sábado), Arenal (domingo), Higuerón (domingo), Cerro Muriano (domingo), Alcolea (lunes), Ladera (martes y viernes), Unidad (martes y viernes) y Noreña (martes y viernes).
-En cuento a las instalaciones deportivas municipales , tanto al aire libre como de interior, no se podrá superar el cincuenta por ciento del aforo máximo permitido de la instalación. La práctica deportiva en grupos se limita a un máximo de seis personas.
Estos grupos podrán compartir una misma instalación deportiva con otros grupos iguales, siempre que quede garantizada, en todo momento y en todo caso, una distancia física entre ellos de al menos tres metros de distancia.
-Se procederá al precintado de los parques infantiles en espacios de titularidad municipal y cierre al público de Parques y Jardines de titularidad municipal así como la Ciudad de los Niños y las Niñas .
-De acuerdo con la citada orden el Ayuntamieto refuerza las medidas preventivas en edificios municipales, con sectorizaciones , regulación de flujos de personas y determinación de aforos.
-La participación en agrupaciones de personas para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social, tanto en la vía pública como en espacios públicos municipales se limita a un número máximo de seis personas , incluidos convivientes, salvo que éstos sean más de seis.
El alcalde ha dado traslado de esta resolución a los interesados, a todos los Servicios Municipales, en especial a la Policía Local y ha ordenado la publicación de este Decreto en el Portal de Transparencia, y en la página web municipal adoptando las medidas necesarias para la mayor difusión de esta.
En función de la evolución de los acontecimientos el Ayuntamiento de Córdoba modificará estas medidas o adoptará otras nuevas con arreglo a las indicaciones de las Autoridades Sanitarias.
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