TRIBUNALES
A juicio por homicidio imprudente dos técnicos del SAS en Córdoba por un error en un trasplante
La Fiscalía de Córdoba solicita dos años y medio de prisión para cada uno, seis de inhabilitación y una indeminazación de 205.342 euros a sus familiares
El SAS indemniza en Córdoba a la familia de una anciana que murió intoxicada por dos medicamentos contraindicados
Córdoba
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Iniciar sesiónDos técnicos de laboratorio del Hospital Reina Sofía de Córdoba se sentarán en el banquillo acusados de homicidio por imprudencia al seleccionar por error una bolsa de células madre congeladas que no pertenecían al paciente con mieloma múltiple (cáncer en la ... médula ósea) al que le fue transferida y al ser incompatible le provocó la muerte días más tarde.
Un juzgado de lo Penal juzgará a estos dos técnicos acusados de un delito de homicidio imprudente por el que la Fiscalía solicita 2 años y 6 meses de cárcel para cada uno, así como 6 años de inhabilitación para ejercicio de la profesión, oficio o cargo y una indeminazación de 205.342 euros a sus familiares.
Los hechos, con fatal desenlace, se remontan al día 2 y 3 de marzo de 2020. Según el escrito del Ministerio Fiscal, al que ha tenido acceso ABC, recoge que días antes de esa fecha había ingresado en el Hospital Reina Sofía de Córdoba un hombre con insufiencia renal provocada por un mieloma múltiple (cáncer en la médula ósea) y necesitaba un trasplante de sus células madre una vez tratado.
«Debido a la
omisión de las más elementales normas de cuidado y atención
cogieron una de las
dos carcarsas erróneas con las células de otro paciente
«
Fiscalía
Esas células habían sido congeladas y ubicadas en unos contenedores a tal fin perfectamente identificadas con los datos del paciente, el código de la unidad, así como unas coordenadas en la base de datos, preservadas e identifiada en sus carcasas correspondintes.
Los dos acusados eran los responsables de descongelar esas células para posteriormente realizar por parte de los médicos especialistas el trasplante autólogo (autotransplante) al paciente que había sido programado para los días 2 y 3 de ese mes.
Llegado el día 2 de marzo, los dos acusados procedieron a descongelar las células que le iban a administrar al paciente, llegando a administrar un primer trasplante de esas células sin incidencias. No obstante, al día siguiente, 3 de marzo, se continuó infundiendo células progenitoras al paciente para ello, los dos técnicos procedieron a descongelar varias bolsas con este plasma previamente delimitadas en el documento de solicitud para el paciente en concreto a tratar.
Ahora bien, debido a la omisión de las más elementales normas de cuidado y atención cogieron una de las dos carcarsas erróneas al coresponder una de ellas a otro paciente, y sin verificar, tal y como les era exigido en atención al cargo que ostentaban, los datos identificativos del paciente procedieron a abrir la carcasa, coger la bolsa de su interior y, otra vez sin verificar la identidad del paciente con la información que figuraba en la etiqueta del interior del bolsillo de la bolsa, procedieron a su descongelación y posterior introducción en el contenedor habilitado para su transporte y posterior transfusión al paciente.
Una vez llegadas estas dos unidades descongeladas (una perteneciente al paciente pero otra que era de otro paciente) a la unidad donde se encontraba el enfermo se procedió a la infusión de las mismas, resultando además que una de esas unidades era incompatible con el paciente.
Al rato de haberse producido la infsuión, los acusados se percataron del error, por lo que de manera inmediata lo pusieron en conocimiento de los doctores que de manera urgente procedieron a suministrar al paciente las medidas médicas necesarias con supervisión, controles y analíticas diarias si bien no lograron su mejoría. El paciente falleció debido a un fallo multiorgánico el 20 de marzo de 2020, según recoge el escrito del fiscal.
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