Caso ERE: La Audiencia de Sevilla ordena a Alaya motivar la preimputación de Chaves y Griñan
Estima el recurso del fiscal y pide a la juez que concrete qué delitos pudieron cometer los ex altos cargos de la Junta
m. benítez
La Audiencia de Sevilla ha revocado el auto de la juez Mercedes Alaya que preimputaba a Chaves y Griñán y ha ordenado a la instructora de los ERE que dicte un nuevo escrito en el que razone la citada imputación. En una resolución ... que se ha hecho pública este viernes, la Audiencia estima el recurso del fiscal contra el auto que preimputaba a los expresidentes, Manuel Chaves y José Antonio Griñán y los esconsejeros José Antonio Viera, Carmen Martínez Aguayo, Manuel Recio Menéndez, Francisco Vallejo y Antonio Avila .
El fiscal había pedido la nulidad de dicho auto, «por carecer de suficiente descripción de los hechos investigados que afectan a cada uno de los siete aforados, imputados y pedía que se dejase sin efecto. Ahora la sección III se basa en similares argumentos a los que dio para pedir a la juez que redactara de nuevo la imputación de Magdalena Álvarez, y considera que, en este caso, la imputación previa o preimputación, en palabras de la doctrina y la jurisprudencia «ha sido acordada por propia iniciativa por la juez» puesto que ninguna de las acusaciones ha solicitado la imputación de las personas aforadas.
Pues bien, los jueces aseguran que es necesaria una «motivación reforzada» al tratar la «posibilidad de un actuar ilegal por parte de (...) poderes propios de la Comunidad Autónoma de Andalucía».
En este sentido, la Audiencia ve «más que razonable esperar que se explicite, de un lado, en qué se fundamenta el nuevo giro dado al proceso y, de otra parte, qué concretas conductas penales relevantes- si quiera mínimamente esbozadas- atribuye a cada de las personas a las que se refiere la nueva orientación de la causa».
Ya que considera que el auto no explica «la ilicitud penal de la actuación» de sucesivos gobiernos autonómicos a lo largo de, al menos, una década, «lo que, a juicio de los jueces- refuerza las exigencias de una máxima precisión en la descripción de los supuestos hechos punibles». Por ello le pide «una mínima exposición , como en otros autos similares ha hecho, de los indicios derivados de lo instruido que, en su caso, la llevarían a colegir que el sistema legal fue ideado ex profeso para delinquir y mantener una actividad delictiva» por todas estas personas.
En este sentido la Audiencia insiste en que Alaya no razona el auto apelado qué participación pudiera tener cada uno de los aforados en dichas modificaciones presupuestarias, para el caso de que esa sea la razón de la preimputación, «pues tampoco se puede descartar, dada la generalidad de los hechos descritos en el auto recurrido, que quiera decir que alguno o todos los aforados hayan podido participar en la concesión de sobrecomisones a las aseguradoras que han actuado como mediadoras en las pólizas colectivas con las que se afrontaba el pago a los trabajadores afectados por los ERE, que igualmente son objeto de investigación en esta prolija, compleja y voluminosa causa».
La Audiencia insiste en pedirle la juez que delito pudo cometer cada uno de los aforados y que hechos concretos . Y tampoco, dice el auto, razona si los aforado son preimputaos de malversación prevaricación y si esos delitos fueron cometidos «por acción u omisión». Por ello los jueces creen que el auto no se ajusta al derecho a una tutela judicial efectiva y le piden que lo motive mejor y dicte una nueva resolución. Como ocurrió con la exconsejera Magdalena Alvarez.
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