El TS reconoce a dos kale-borroka en Navarra el atenuante de retraso en la sentencia
El Supremo da la razón al recurso presentado por dos acusados de violencia callejera en Navarra, aunque mantiene la pena impuesta de un año de prisión
El Tribunal Supremo (TS) ha reconocido a dos acusados de diversas acciones de violencia callejera en Navarra el atenuante de dilaciones indebidas por el r etraso de 18 meses en la sentencia dictada por la Audiencia Nacional. El Alto Tribunal confirma también ... la pena a un año de prisión impuesta anteriormente por ser la condena mínima.
Indemnización para el conductor perjudicado
La Audiencia Nacional condenó a los dos acusados a un año de prisión y a dos multas de 10 euros diarios durante un año cada una. Asimismo, el tribunal les obligaba a indemnizar al conductor con cerca de 810 euros.
Los sentenciados recurrieron la sentencia alegando que los hechos se habían basado en el testimonio de la víctima y que se había producido un retraso de 18 meses al dictar sentencia. Sin embargo, en el auto, al que ha tenido acceso ABC.es , el Tribunal Supremo ha desestimado el primer punto al considerar que «se dispuso de prueba de cargo, válida y lícita». Estima parcialmente la segunda razón recurrida puesto que desde que finalizó la vista el 12 de diciembre de 2007 no se dictó sentencia hasta el 4 de junio de 2009. Esta dilación «sin causa justificativa» -añade el fallo- representa un evidente retraso valorable como indebida dilación de efecto atenuatorio. Por todo ello, el Supremo confirma en ambos delitos la atenuante analógica de dilaciones indebidas , si bien deja claro que mantiene las penas impuestas por haber sido las mínimas legales posibles.
La sentencia del Supremo cuenta con el voto particular del magistrado Manuel Marchena , que no comparte las razones que avalen una atenuación: «Una atenuante cuyo sustento fáctico no se ha incorporado a las conclusio es definitivas, sino que surge de forma sobrevenida cuand ya el objeto del proceso ha sido formalizado, representa una quiebra de los principios elementales que definen nues ro ámbito cognitivo».
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