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La moción de censura de Podemos: los próximos pasos de una iniciativa abocada al fracaso

Pastor será la encargada de fijar la fecha. Como mínimo deben transcurrir cinco días entre la presentación y su votación

Los diputados de Podemos gesticulan desde sus escaños EFE
Ana I. Sánchez

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La presidenta del Congreso, Ana Pastor , tendrá que buscar fecha para la moción de censura registrada este viernes por Podemos para exigir la máxima responsabilidad política al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy , por los escándalos de corrupción que afectan al Partido Popular.

El Reglamento del Congreso apenas establece requisitos para la fijación del día dejando plena libertad a la tercera autoridad del Estado, permitiéndole convocar un pleno extraordinario para llevar a cabo el debate o incluir la iniciativa dentro de uno de los plenos ordinarios ya convocados. El artículo 177 del Reglamento solo establece que la votación de la moción de censura no podrá celebrarse antes de cinco días desde que fuera presentada en el registro de la Cámara Baja.

Pero antes de que Pastor fije la fecha, la Mesa del Congreso debe comprobar que la iniciativa reúne los requisitos necesarios para ser tramitada. Esto es, estar respaldada al menos por la décima parte de los diputados y estar acompañada de un en escrito motivado dirigido a la Mesa del Congreso que deberá incluir un candidato a la Presidencia del Gobierno que haya aceptado la candidatura.

Si la moción de censura presentada cumple con todo ello, la Mesa del Congreso la admitirá a trámite, dando cuenta de su presentación al presidente del Gobierno y a los portavoces de los grupos parlamentarios. Dentro de los dos días siguientes a la presentación de la moción de censura podrán presentarse mociones alternativas, que deberán reunir los mismos requisitos y estarán sometidas a los mismos trámites de admisión.

Sin mayoría

Una vez cumplidas las formalidades previas y fijada la fecha del debate, la sesión se iniciará con la defensa de la moción de censura que, sin limitación de tiempo, efectúe uno de los diputados que la firmen. Después, y también sin limitación de tiempo, podrá intervenir el candidato propuesto en la moción para ocupar la presidencia del Gobierno, a efectos de exponer el programa político del Ejecutivo que pretende formar.

A continuación podrá intervenir un representante de cada uno de los grupos parlamentarios por un tiempo de treinta minutos. Todos los intervinientes tienen derecho a un turno de réplica o rectificación de diez minutos. Si se presenta más de una moción de censura, Pastor podría acordar el debate conjunto de todas las incluidas en el orden del día, pero serían votadas por separado, siguiendo el orden de su presentación.

Finalizado el debate tendrá lugar la votación, siendo necesario el voto favorable de la mayoría absoluta de los diputados para que la moción resulte aprobada. De ser así, Pastor deberá ponerlo inmediatamente en conocimiento del Rey y del presidente del Gobierno, ya que el candidato incluido en la moción de censura aprobada se considerará investido de la confianza del Congreso, a los efectos previstos en el artículo 99 de la Constitución.

Pero no parece que vaya a ser éste el resultado ya que todo apunta a que la moción de censura de Podemos será rechazada por la Cámara Baja. En ese caso, ninguno de los que apoyaron la tramitación de la iniciativa con su firma, podrá respaldar otra moción durante el mismo período de sesiones.

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