Renta 2022-23: ¿Hay que declarar el alquiler de una plaza de garaje?
Una de las dudas más frecuentes a la hora de hacer la declaración es cómo tributa
¿Se puede corregir la declaración de la Renta una vez presentada?
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Iniciar sesiónLa declaración de la Renta comienza el próximo 11 de abril y todos los contribuyentes que hayan cobrado más de 22.000 euros anuales tienen la obligación de hacer la declaración del IRPF. En este proceso surgen algunas dudas como si es necesario ... declarar el alquiler de una plaza de garaje.
La respuesta a esta pregunta es que sí. El secretario general del Sindicato de los Inspectores de Hacienda (Gestha), José María Molinero, en conversación con este diario sobre la necesidad de declarar o no los Bizum puso el ejemplo de las plazas de garaje. «No es propiamente un pago entre particulares sino que responde a una operación, en este caso de arrendamiento de garaje, que está sujeto a IVA, cosa que muchas veces se olvida», explicó. Por tanto, se debe declarar.
Dos casos sobre cómo declarar el alquiler de un garaje
En este supuesto, más extendido, se dan dos casos. Por un lado, que el garaje se alquile junto con la vivienda. En este caso está exento de declarar el IVA porque se declara con la vivienda conforme al IRPF.
Esto se produce porque la ley del IVA señala en su artículo 20 que los inmuebles destinado a vivienda y sus adjuntos (como cuando se alquila una casa más el garaje) están exentos. De esta manera, en la declaración de la Renta se debe hacer conforme al modelo de vivienda.
En el segundo caso, si el garaje se alquila de manera independiente sin ser el anexo de una vivienda, se debe declarar el IVA.
MÁS INFORMACIÓN
Se firma un contrato de arrendamiento y cada mes se debe emitir una factura, donde se refleje ese 21% del Impuesto sobre el Valor Añadido. Ya en la declaración de la Renta, debe tributar sobre los rendimientos del capital inmobiliario, además de los gastos derivados del tiempo que ha estado alquilado.
Las fechas para presentar el borrador de la Renta
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Por internet: desde el 11 de abril al 30 de junio de 2023
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Por teléfono: entre el 5 de mayo y el 30 de junio de 2023 (cita desde el 25 de mayo al 29 de junio)
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Presencial: del 1 al 30 de junio de 2023 (cita previa entre el 25 de mayo y el 29 de junio)
Los contribuyentes que deseen hacer la declaración por teléfono o presencialmente deben pedir cita por internet o en los teléfonos 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.
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