Sin embargo, el pago anticipado del paro, según el Ministerio, queda a discreción de cada entidad bancaria. A pesar de que el calendario oficial del Servicio Público de Empleo establece el día 10 como la fecha habitual de cobro del paro, experiencias previas indican que los pagos se han realizado antes de la fecha límite fijada por el SEPE. En consecuencia, se anticipa que, una vez más, los ingresos en noviembre podrían efectuarse antes de lo programado.
No obstante, este mes presenta una particularidad debido a que el día 5 cae en domingo. Por ende, se prevé que las entidades bancarias que acostumbran a pagar en este día de forma fija desplacen el pago al día 6, subrayando la posibilidad de sufrir ciertos retrasos en el procesamiento de pagos por parte de algunas entidades, lo que podría afectar la puntualidad de los ingresos y llevar a ajustes en las fechas provisionales anunciadas.
¿Cuándo se cobra el paro?
Para ofrecer una visión más detallada, a continuación se presenta la fecha de cobro del paro para algunas entidades bancarias:
¿Cuánto voy a cobrar?
Por último, es esencial destacar que la web de la Seguridad Social especifica que el importe de la prestación por desempleo se calcula según la base reguladora. Esta base se determina en función de la media de las bases de cotización de los últimos 180 días laborables previos al cese. Durante los primeros 180 días, la cuantía del paro representa el 70% de la base reguladora, mientras que a partir del día 181, se reduce al 60%.
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