Juristas cuestionan que el Gobierno pueda restituir la patria potestad de Rivas
Malestar en el Supremo por el «mal ejemplo» que supone indultar incumplimientos referidos a menores
Abogados de familia recuerdan que los jueces ya velaron por el interés de los niños cuando condenaron a la madre
Era más que previsible que el Gobierno iba a indultar parcialmente la pena de prisión de Juana Rivas, la madre de Granada condenada por llevarse a sus hijos quebrantando el régimen de visitas y sin dar razón de su paradero durante un ... mes. No en vano, dirigentes de Podemos, e incluso ministros socialistas del Gobierno -entre los cuales estaba la propia fiscal general del Estado, Dolores Delgado-, se habían interesado por ella enarbolando una bandera equivocada, como demostró el hecho de que la abandonaran cuando cayó sobre ella todo el peso de la ley y sus denuncias por malos tratos contra su marido, el italiano Francesco Arcuri , fueron abocadas al archivo.
Pero el Consejo de Ministros dio ayer un paso más y, pese a que ni el Tribunal Supremo (TS) ni la Fiscalía se mostraron a favor de tocar la inhabilitación para ejercer la patria potestad durante seis años -a la que fue condenada, junto con la pena de prisión por no devolver a sus hijos menores- decidió conmutarle esa inhabilitación especial por una pena de 180 días de trabajos en beneficio de la comunidad. Junto a ello rebajó los dos años y seis meses de prisión en los que hace apenas unos meses había dejado la condena el TS, a un año y tres meses, lo que le exime de entrar en prisión.
Pese a la enorme discrecionalidad que caracteriza la concesión de un indulto -cuya única línea roja es un perdón total en el caso de que no se cuente con el informe favorable del tribunal, como ha sido el caso- juristas consultados por ABC se muestran sorprendidos por la rehabilitación de la patria potestad curiosamente tres días antes de la celebración en Italia de un juicio sobre la custodia de los menores.
La abogada y profesora de Derecho Civil Verónica del Carpio mantiene que el Gobierno no puede indultar la inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad. Recuerda que el Código Civil prevé expresamente la posibilidad de que un progenitor sea privado de patria potestad total o parcialmente por sentencia civil o penal cuando se constate el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o sea «dictada en causa criminal o matrimonial». Y de la misma forma, son los tribunales los que pueden acordar, en interés del menor, «la recuperación de la patria potestad cuando hubiere cesado la causa que motivó la privación».
A su juicio, el Ejecutivo « no puede saltarse la separación de poderes e interpretar las resoluciones judiciales a su antojo». Del Carpio apunta que la institución del indulto se circunscribe a los temas puramente penales y que no afecten a terceros, y prueba de ello, dice, es que excluye específicamente las indemnizaciones y las costas, aspectos civiles. Sería impensable plantear, argumenta en declaraciones a ABC, que un Gobierno anulara una deuda entre particulares reconocida por sentencia, porque «sería un ataque frontal al Estado de Derecho», dice. «¿Cómo va el Gobierno a poder indultar en relación con algo puramente civil e infinitamente más grave que una simple deuda o un simple derecho, pues afecta a terceros menores de edad que han de ser protegidos conforme al principio del interés superior del menor y con el máximo control?», se pregunta.
De la misma forma, el juez decano de Melilla, Fernando Portillo, coincide en que la patria potestad afecta a una relación privada y que el Ejecutivo no puede entrar en ella. «No se puede apelar al interés del menor para beneficiar a quien por la vía de los hechos ha incumplido la ley y ha sido condenado precisamente por no velar por ese interés del menor», señala.
Para el abogado penalista Antonio Alberca , es especialmente significativo que el Ejecutivo haya restituido esa patria potestad sin informes psicológicos y periciales de los menores, algo con lo que sí contó la Audiencia de Granada cuando, junto con la pena de prisión, acordó inhabilitar a Rivas para el ejercicio de la patria potestad. «¿Acaso no actuaron los jueces en beneficio del menor cuando la retiraron?». Al letrado le resulta sorprendente que el mero hecho de presentar una denuncia contra el otro cónyuge permita despojarle de la patria potestad sin que ni siquiera se haya celebrado un juicio y, sin embargo, el Ejecutivo restituya una patria potestad retirada por sentencia firme.
El también juez de Primera Instancia y experto en Violencia de Género Jorge Fernández Vaquero señala que «hay indultos en los que es especialmente importante el mensaje que se puede lanzar a la sociedad y este caso es paradigmático». Pese a ello, recuerda que el indulto es una facultad del Gobierno.
Al peligroso mensaje que este indulto envía a la ciudadanía aluden también fuentes del Tribunal Supremo, que se opuso al indulto total por unanimidad y respecto al parcial se partió en dos: ocho magistrados informaron a favor y ocho en contra. Los primeros interesaron que se redujera la pena de prisión, pero no se refirieron al restablecimiento de la patria potestad.
Unos 300 secuestros al año
Esas fuentes recuerdan que el Alto Tribunal ya rebajó la pena de prisión de cinco años a dos años y seis meses al considerar que Rivas incurrió en un delito de sustracción de los dos menores en lugar de uno por cada niño. Rebajarla más no parece, por tanto, oportuno, opinan . «El Gobierno es libre de hacer lo que mejor le parezca , pero mal mensaje se da a la ciudadanía si se resta importancia al incumplimiento de resoluciones judiciales en una materia tan delicada como son los menores», dicen.
Según datos del Ministerio de Interior (en su balance de personas desaparecidas), en España se producen una media de 300 secuestros parentales al año . Desde que se contabilizan en este ministerio (el año 2010) y hasta 2020 se habían producido cerca de 3.000, pero Interior no difiere por sexos. Un informe del Centro Internacional para Niños Desaparecidos y Explotados concluyó que en nuestro país el 73% de los raptos son ejecutados por las madres. Sólo el 12% de los niños vuelven a ver al progenitor del que les priva la otra parte.