Una abogada explica si puedes cortar la luz y el agua a los okupas tras el cambio de la ley en España: «En muchos casos están permitiendo...»
María Pastor recomienda inciar este camino siempre dentro de la ley y de la mano de letrados para evitar «problemas mayores»
Arantxa Goenaga, abogada, sobre el cambio en la ley contra los okupas en España: «Antes acudíamos a la vía civil, ahora lo haremos a la penal»
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Iniciar sesiónLa okupación es un problema que preocupa a muchos propietarios en España. En los últimos meses, en nuestro país se han producido sucesivos avances y retrocesos en lo que respecta a las leyes que persiguen a quienes cometen un delito de allanamiento o usurpación ... .
El último cambio legislativo se concretó en el mes de abril con una ley que pretende agilizar los procesos que expulsen a los okupas.
Sin embargo, una de las grandes cuestiones continúa siendo qué pasa si el propietario decide cortar los suministros a los okupas. Como explican en Vilches Abogados, con la ley de Vivienda esta acción puede considerarse como un delito de coacciones y, por lo tanto, sería el propietario de la vivienda quien podría pasar a estar perseguido por esta práctica. De esta manera, la respuesta a cortar los suministros hace unos meses era «un no rotundo».
Aún así, en la actualidad quienes poseen una vivienda okupada puede acogerse a algunos flecos. A finales de marzo -antes incluso de que entrase en vigor el nuevo texto- secciones penales de la Audiencia de Barcelona acordaron unificar criterios en lo referente a cortar los suministros a los okupas y que puede servir de referencia al resto de Audiencias de España. Es por ello que la respuesta ya no es tan contundente aunque conviene conocer que está sujeta a una serie de criterios.
Una abogada explica si se puede cortar los suministros a los okupas
María Pastor, una abogada del despacho de Vilches Abogados ha desmenuzado las «novedades importantes» y ha explicado cómo proceder en estos casos, siempre de acuerdo a la ley. Señala que lo que ocurre es que «algunos jueces están cambiando su interpretación y en muchos de los casos están permitiendo cortar los suministros».
Para decantarse por esta opción, los magistrados piden que se cumplan una serie de requisitos: «Que la vivienda esté okupada de manera ilegal, que el contrato de suministros esté a nombre del propietario y no a nombre del inquilino, que sea la empresa la que corte los suministros y no directamente el propietario».
Condicionantes con los que algunos jueces están permitiendo cortar suministros a los okupas
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Que la vivienda esté okupada de manera ilegal
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Que el contrato de suministros esté a nombre del inquilino
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Que sea la empresa suministradora la que corte los suministros
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Que el corte del suministro no sea directamente por el propietario
Esta letrada destaca que con esto puede ser «más fácil recuperar tu casa» porque al no ser fácil vivir sin luz y sin agua «podrías conseguir que el inquilino se fuese de manera voluntaria y ahorrarte pagar sus gastos».
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Virginia López Esplá
En cualquier caso, destaca que es muy importante actuar dentro de la ley y de la mano de un abogado «para evitar problemas mayores».
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