La ONU advierte a Israel que tiene “obligaciones” como “potencia ocupante” de Palestina

La Haya, 28 abr (EFE).- La ONU advirtió este lunes en la Corte Internacional de Justicia (CIJ) que I...

EFE

La Haya, 28 abr (EFE).- La ONU advirtió este lunes en la Corte Internacional de Justicia (CIJ) que Israel, como “potencia ocupante” de los territorios palestinos, tiene “obligaciones” que incluyen “aceptar y facilitar” programas de ayuda humanitaria. También señala que si Israel “duda de la ... imparcialidad” de una organización, “no puede simplemente bloquear su ayuda” como hizo con la UNRWA (Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en Oriente Medio), "debe hablar con la organización para resolverlo”. La sueca Elinor Hammarskjöld, secretaria general adjunta de Asuntos Jurídicos de la ONU, explicó en una audiencia ante la CIJ que, “la autoridad de la potencia ocupante debe ejercerse respetando el derecho humanitario. Cualquier medida para mantener la seguridad no puede impedir que organizaciones humanitarias imparciales, como la ONU, lleven a cabo su labor de ayuda”. IMÁGENES: CIJ. SOLO USO EDITORIAL/ SOLO DISPONIBLE PARA ILUSTRAR LA NOTICIA QUE ACOMPAÑA (CRÉDITO OBLIGATORIO). DECLARACIONES DE ELINOR HAMMARSKJÖLD, SECRETARIA GENERAL ADJUNTA DE ASUNTOS JURÍDICOS DE LA ONU, EN INGLÉS. Traducción. 1. Toda medida adoptada por la Potencia ocupante para garantizar su seguridad debe ejercerse de manera que no deniegue a las organizaciones humanitarias imparciales, como las Naciones Unidas, la posibilidad de llevar a cabo planes de socorro, mientras parte de la población de un territorio ocupado siga estando insuficientemente abastecida. En los casos en que a la potencia ocupante le preocupe la imparcialidad de una organización humanitaria, la potencia ocupante no podrá declarar unilateralmente que dicha organización humanitaria no es imparcial y denegar sus planes de ayuda. Tales preocupaciones deben abordarse en consulta con la organización humanitaria afectada. Me extenderé sobre este punto más adelante. 2. Es urgente volver al alto el fuego y que las partes respeten sus obligaciones en virtud del derecho internacional. 3. Desde el 2 de marzo no se permite la entrada en Gaza de ayuda humanitaria ni de bienes comerciales, lo que tiene consecuencias humanitarias devastadoras en la Franja de Gaza. 4. Mientras estoy ante ustedes, 295 miembros del personal de las Naciones Unidas han muerto en Gaza desde el 7 de octubre de 2023. 5. Quiero reiterar que todas las partes en un conflicto deben cumplir en todo momento las obligaciones que les impone el derecho internacional, incluidos el derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos. En el contexto de la situación en Israel y los Territorios Palestinos Ocupados. Israel, el Estado de Palestina y los actores no estatales, incluidos los grupos armados palestinos como Hamás, tienen obligaciones en virtud del derecho internacional que deben cumplirse. 6. Israel tiene varias obligaciones en relación con la presencia y las actividades de las Naciones Unidas en el territorio palestino ocupado en virtud de su condición de potencia ocupante. Estas obligaciones incluyen las siguientes en virtud del derecho internacional humanitario. La obligación general de administrar el territorio en beneficio de la población local. La obligación de acordar y facilitar planes de ayuda. La obligación de facilitar el buen funcionamiento de todas las instituciones dedicadas al cuidado y la educación de los niños. Y la obligación de mantener los establecimientos y servicios médicos y hospitalarios, incluidos los creados por entidades de las Naciones Unidas. En el contexto específico de la situación actual en el territorio palestino ocupado, estas obligaciones implican permitir y facilitar que todas las entidades pertinentes de las Naciones Unidas lleven a cabo esas actividades en beneficio de la población local. Además de las obligaciones del derecho internacional humanitario, las obligaciones del derecho internacional de los derechos humanos también son aplicables a la conducta de Israel con respecto al territorio palestino ocupado. Esto incluye respetar las decisiones del representante del pueblo palestino de recibir bienes y servicios básicos de las entidades de las Naciones Unidas para poder disfrutar plenamente de su derecho a la autodeterminación. Israel está obligado a respetar la decisión del pueblo palestino sobre el modo en que debe reducirse la dependencia de Cisjordania, incluidos Jerusalén Este y Gaza, de Israel para el suministro de bienes y servicios básicos. Israel tiene la obligación de prestar asistencia a dichas actividades de las Naciones Unidas.

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