Vocales del CGPJ estallan ante el caos en el Supremo: «Se acabaron las declaraciones institucionales»
En un voto particular relacionado con las vacantes en el Alto Tribunal tildan de «consciente y deliberado» el daño al Estado de derecho
Reprochan la «actitud complaciente» de sus compañeros ante el ataque a la Justicia y proponen actuar contra Llop
Madrid
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Iniciar sesión«El tiempo de las declaraciones institucionales ya ha pasado porque ya no puede caber duda alguna de que el grave perjuicio que se está ocasionando al Estado de derecho en España es consciente y deliberado; que la incapacidad para encontrar soluciones a través ... de los grandes consensos se ha sustituido por el tacticismo de vuelo bajo y mirada corta; y que la irresponsabilidad no ha encontrado límite en los graves perjuicios que se pueden ocasionar al Estado de derecho, pieza clave para una convivencia pacífica y ordenada».
Así lo aseguran cinco vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en un voto particular en el que justifican el porqué de su rechazo, en el Pleno celebrado el jueves, a la propuesta de la Comisión Permanente de este órgano ante la «insostenible situación» del Tribunal Supremo. A su juicio, se trataba de una propuesta «decepcionante por su insuficiencia» y que «no se correspondía en absoluto con el encargo realizado por el Pleno».
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La iniciativa en cuestión consistía en dirigirse al Congreso y Senado para instarles a la renovación del CGPJ, en funciones desde diciembre de 2018. En su defecto pedían la devolución al órgano de gobierno de los jueces de las competencias para poder hacer nombramientos, una atribución que les hurtaron PSOE y Unidas Podemos hace ya dos años. Todo ello porque el Supremo llegará en los próximos meses a las 24 vacantes (el 30 por ciento de su plantilla).
«Las declaraciones institucionales tuvieron su sentido en un inicio, cuando se pretendió suscitar un diálogo entre órganos constitucionales ante el desconcierto que provocaba que unos órganos constitucionales vaciaran de contenido las funciones de otros», argumentan. No se había reparado en que el plano de la discusión política entre partidos y el del funcionamiento regular del Estado de derecho eran distintos; no se había advertido la línea nada sutil que separa uno y otro plano y que, en definitiva, esa línea se había traspasado y que se estaban poniendo en riesgo elementos fundamentales de la arquitectura constitucional de España e, incluso, exigencias básicas de nuestra pertenencia a la Unión Europea«, señala el texto suscrito por los vocales Carmen Llombart, José Antonio Ballestero, Gerardo Martínez Tristán, José María Macías y Ángeles Carmona.
A juicio de estos vocales, ya no es que las declaraciones institucionales resulten «decepcionantes por insuficientes», sino que implican una manera de huir de la propia responsabilidad. «Lamentablemente, y ante la evidencia de una futilidad que ya no puede ser ignorada, porque la experiencia no hace creíble que se pueda pensar que esas declaraciones sirven para algo, limitarse a ellas se ha convertido en una actitud complaciente, que hace el juego a quienes con medidas concretas, como la LO 4/2021 (la que prohibió al CGPJ hacer nombramientos), socavan los fundamentos del Estado de derecho».
«Requerimientos determinantes»
De esta forma manifiestan que eran partidarios de la segunda propuesta, la presentada en el Pleno por Enrique Lucas y Gerardo Martínez-Tristán. Esa propuesta alternativa, dicen, «abandonaba la actitud y el tono de las declaraciones institucionales complacientes, lanzadas al viento y sin mayor pretensión que ser recogidas por los medios de comunicación». La propuesta alternativa se enunciaba en términos de «requerimientos terminantes cuyo incumplimiento podría abrir las vías de conflicto ante las instancias pertinentes».
En segundo lugar, añaden los vocales, enunciaba medidas concretas eludidas por la Comisión Permanente: no sólo proponía «tomar conocimiento» y dar a conocer las medidas solicitadas en el informe elevado por la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, sino requerir su cumplimiento y el abandono por parte del Ministerio de Justicia de la actitud obstruccionista que impediría su aplicación y de la que tenemos sobradas muestras en los últimos años. Opinan que «con lo que se proponía por la Comisión Permanente no se daba respuesta, en realidad, a las peticiones formuladas por la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo y también por una asociación profesional de jueces magistrados, que al menos merecen una respuesta clara y terminante, y tan sencilla como un sí o un no».
Dardo a la Comisión Permanente
«Pero, sobre todo, la propuesta alternativa permitía la apertura a la adopción de medidas concretas que llevamos ya dos años esperando que se propongan por la Comisión Permanente y que se siguen sin proponer, y ello hubiera permitido formular y añadir otras medidas. Algunas de ellas fueron enunciadas en el Pleno y anticipadamente rechazadas por quienes contemporizan con la lamentable actitud de otros órganos constitucionales dirigida a vaciar de contenido las funciones del órgano llamado por la Constitución para asegurar la independencia del poder judicial en España».
Esas medidas posibles que la propuesta alternativa hubiese podido abrir mencionan la de culminar los procedimientos de nombramientos de cargos judiciales (entre ellos, cuatro plazas en el Tribunal Supremo) convocados antes de la entrada en vigor de la ley maniató al Consejo.
También la de aplicar la cláusula contenida en el artículo 570.2 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial introducido precisamente en la polémica reforma y «llevar a cabo los nombramientos que se consideren imprescindibles para el correcto funcionamiento de los órganos judiciales». Ese precepto autoriza al CGPJ a adoptar las actuaciones que sean indispensables para garantizar su «funcionamiento ordinario». «No cabe aceptar interpretaciones reduccionistas que limiten lo 'ordinario' a lo 'interno' u 'organizativo interno', expresiones y limitaciones que en absoluto se contienen en el precepto».
Reproches al Ministerio
Y tercero, exigir que, conforme a lo dispuesto en la ley del Poder Judicial, las administraciones «consignen las cantidades precisas (y no menos) para atender a las necesidades de la Administración de Justicia». «Se ha convertido en una práctica cotidiana que el Ministerio de Justicia usurpe, bajo la excusa de las limitaciones presupuestarias, la competencia del CGPJ para adoptar las medidas de apoyo y refuerzo de los tribunales, cuando resulta evidente en infinidad de ocasiones que el rechazo a la adopción de las medidas acordadas por el CGPJ deriva del puro criterio de oportunidad del Ministerio de Justicia, que de esta manera se arroga competencias de las que carece», señala el texto. Los vocales ven necesario poner fin a esa práctica, «frente a la que el diálogo en las comisiones mixtas se ha revelado inútil, y plantear los correspondientes recursos» ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en defensa de las competencias del CGPJ.
«En definitiva, la situación descrita nos ha impedido apoyar una enésima inútil declaración institucional, decepcionante e insuficiente, y entender que debían adoptarse medidas que superasen una más que inconveniente pasividad complaciente para descender de una vez al plano de las medidas concretas y articular todas las vías a nuestro alcance para hacerlas efectivas».
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