Medio Ambiente dice que Madrid no pidió a tiempo la prórroga por la contaminación
La concejalía de Ana Botella lo niega, y asegura que tiene de plazo hasta diciembre de 2012 para hacerlo
El Ministerio de Medio Ambiente y la consejería de esta misma rama en Madrid se han enzarzado en una « guerra de fechas » sobre cuándo debe presentarse la petición de prórroga en el cumplimiento de la normativa europea sobre contaminación ambiental. Según fuentes del ... Ministerio, a Madrid se le ha pasado el plazo para presentarla, mientras sí lo han hecho otras ciudades que también superaban los límites, como Barcelona o la zona de Palma (Mallorca). Dicho plazo finalizaba el 30 de septiembre.
Sin embargo, en el departamento municipal que dirige Ana Botella aseguran que, con la normativa en la mano, el plazo para solicitar la prórroga para el cumplimiento de los niveles de contaminación por dióxido de nitrógeno (NO2) marcados por la Unión Europea no ha concluido todavía, sino que acaba el 31 de diciembre de 2012 .
La concejalía de Botella apoya sus argumentos en el artículo 23 de la Directiva 2008/50/CE, según el cual los planes de calidad del aire que deben acompañar a la solicitud de prórroga «serán transmitidos a la Comisión sin demora y, en cualquier caso, antes de que transcurran dos años desde el final del año en que se observó la primera superación».
Los planes de calidad locales, añade, deben inspirarse en el Plan Nacional de Calidad del Aire, que aún no se ha redactado por parte del Ministerio. Además, añade que ese mismo plazo es el que dispone el artículo 24 del Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, por el que se traspuso la directiva a la legislación española, para transmitir los planes al Ministerio de Medio Ambiente y que éste los comunique a la Comisión Europea.
Por su parte, en el Ministerio de Medio Ambiente informaron que las zonas de Palma (Baleares) y las de «Área de Barcelona» y «Vallés-Baix LLobregat» han solicitado prórroga por superaciones de NO2. El plazo, aseguran, concluía el 30 de septiembre. A partir de ahora, la Comisión Europea tendrá nueve meses para resolver las prórrogas desde que reciban la información completa y oficial.
Añadió que no se ha recibido ninguna petición en este sentido del Ayuntamiento de Madrid, y que para el NO2 -el contaminante que se supera más frecuentemente en la capital- y de acuerdo con el artículo 22 de la Directiva 2008/50/CE, cuando en una zona o aglomeración determinada, no puedan respetarse sus valores límite en los plazos fijados (1 de enero de 2010), el Estado Miembro podrá prorrogar esos plazos por un máximo de cinco años (hasta el 1 de enero de 2015) para esa zona o aglomeración concreta, con la condición de que se haya establecido un plan de calidad del aire que demostrará que van a respetarse los valores límite antes del final de la prórroga.
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