El Gobierno defiende en Europa que las Cortes sigan sin votar la renovación del CGPJ
Responde al TEDH que no hay ninguna irregularidad en que el Congreso y el Senado supediten su obligación de convocar sendas votaciones al acuerdo previo entre PSOE y PP
Madrid
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Iniciar sesiónEl Gobierno de España defiende ante la Justicia europea que no hay ninguna irregularidad en que el Congreso y el Senado lleven cuatro años sin votar la renovación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), pendiente desde finales de 2018. Sendas votaciones son potestad ... exclusiva de ambas cámaras, más allá del acuerdo previo entre PSOE y PP para repartirse los vocales y la presidencia de este órgano, como ha venido ocurriendo con el actual sistema de elección desde 1985.
Esa es la principal conclusión de las alegaciones que la Abogacía del Estado acaba de presentar a seis demandas de otros tantos candidatos al CGPJ ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). Se trata de los magistrados José Antonio Baena, Rafael Estévez, Mónica García de Yzaguirre, Manuel Jaén, Juan Luis Lorenzo y María Tardón, todos ellos pertenecientes a la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV), la segunda más representativa entre los jueces españoles.
Los seis recurrieron ante el TEDH después de que Tribunal Constitucional (TC) ni siquiera admitiera el recurso de amparo que le presentaron hace ya dos años para que instara al Congreso y al Senado a votar «de una vez» la renovación del CGPJ. Argumentaban ya entonces que se habían vulnerado sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución, como el de acceder a funciones y cargos públicos, en este caso como vocales del órgano de gobierno de los jueces.
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La Francisco de Vitoria abría así una vía judicial para «desbloquear y despolitizar» el CGPJ, con el objetivo de que al menos el Tribunal Constitucional instara a las Cortes a cumplir con su mandato de convocar esas votaciones y, de esta forma, forzar a los dos grandes partidos a alcanzar el acuerdo para lograr la mayoría necesaria de tres quintos.
Tanto la presidenta del Congreso, la socialista Meritxell Batet, como su entonces compañera del Senado y actual ministra de Justicia, Pilar Llop, han supeditado siempre la convocatoria de esas votaciones a un acuerdo previo entre socialistas y populares, que no se ha producido en estos cuatro años.
En esas alegaciones, a las que ha tenido acceso ABC, el Gobierno español defiende ante el tribunal de Estrasburgo el actual sistema de elección del CGPJ, en contra de lo que vienen reivindicando casi todas las asociaciones de jueces españoles, la Comisión Europea y ahora también el propio Partido Popular.
Argumentos «cómicos»
Dice la Abogacía del Estado que el modelo actual para elegir a los vocales del CGPJ es «garantía en la objetividad del nombramiento, evitando imposiciones partidistas y, por ende, constituyendo una garantía adicional en la independencia de los vocales una vez designados». Por tanto, entiende que no se ha vulnerado ningún derecho de los seis aspirantes que acudieron primero al TC y después al TEDH, entre otras cosas porque siguen siendo candidatos al futuro Consejo General del Poder Judicial. Además, el Gobierno insiste en que el retraso de casi cuatro años en la renovación de este órgano no se puede atribuir al Senado y al Congreso, sino «simplemente a la inexistencia de acuerdo entre las fuerzas políticas».
«Es cómico que la Abogacía del Estado defienda el actual sistema de elección del CGPJ por su objetividad e independencia»
Jorge Fernández Vaquero
Portavoz de AJFV
El portavoz nacional de la AJFV, Jorge Fernández Vaquero, califica de «chocante y hasta cómico» que la Abogacía del Estado defienda que el actual sistema de elección del CGPJ garantiza la objetividad de los nombramientos y la independencia de los nombrados «cuando hace apenas un par de semanas la propia ministra de Justicia manifestaba públicamente que el PSOE ya tenía elegidos a sus candidatos».
También recuerdan esas alegaciones del Gobierno que, cuando algún grupo como Vox ha propuesto que se pusiera en marcha el trámite parlamentario para renovar el CGPJ, desde ambas cámaras se les ha respondido que «es a los grupos parlamentarios a quienes les corresponde la función de impulso político en este ámbito» y que son ellos los que deben «articular los acuerdos previos necesarios para poder culminar con éxito el proceso de renovación». Es decir, que ni el Congreso ni el Senado van a votar la renovación del CGPJ hasta que PSOE y PP se pongan de acuerdo, aunque la competencia para convocar esas votaciones no sea de estos dos partidos, sino de ambas cámaras.
Por todo ello, la Abogacía del Estado concluye que «no ha existido violación alguna del Convenio Europeo de Derechos Humanos por parte del Reino de España», como alegan los demandantes. Consideran estos que se ha vulnerado el artículo 6 de este texto, relativo al derecho a la tutela judicial efectiva, que el TC les habría denegado por no admitir su recurso de amparo al considerarlo fuera de plazo.
Además y por propia iniciativa, el TEDH también preguntó al Gobierno español sobre una posible vulneración del artículo 8 de ese mismo convenio europeo, en la medida en que ese retraso tan prolongado pudiera haber afectado a la vida familiar y profesional de esos seis candidatos al CGPJ. La Abogacía del Estado insiste en que las posibles consecuencias de esa tardanza tampoco suponen en ningún caso «una verdadera vulneración de los derechos reconocidos en dicho precepto».
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