El Constitucional se prepara para rematar al Supremo con el segundo recurso de Alberto Rodríguez
Tras amparar al exdiputado de Podemos y cuestionar su inhabilitación, aborda ahora la retirada del escaño
Sigue en directo la votación de la Ley de amnistía en el Congreso de los Diputados hoy
El Constitucional da la razón al exdiputado Alberto Rodríguez porque la inhabilitación que le costó el escaño fue desproporcionada
El Tribunal Constitucional estudiará en el pleno que empieza este martes el segundo recurso del exdiputado de Podemos Alberto Rodríguez relacionado con la pérdida de su escaño en octubre de 2021, una decisión que ejecutó la expresidenta del Congreso de los Diputados Meritxell Batet ... tras la condena que le impuso el Tribunal Supremo por propinar una patada a un policía en el transcurso de una manifestación en La Laguna (Tenerife) en 2014.
Después de la decisión de la mayoría progresista de ampararle en el primero de sus recursos, esa misma mayoría se dispone a respaldarle también en esta ocasión una vez que ya sentenció, hace apenas quince días, que la condena fue desproporcionada. Cuatro magistrados advirtieron en su voto particular que el TC se había excedido de tal forma en su pronunciamiento que había dejado sin objeto este segundo recurso y que incluso había «reconstruido» el escrito del ex número tres de Podemos.
Avisaban además de las consecuencias directas que iba a tener su decisión sobre este segundo recurso por el riesgo de dejarlo sin objeto. Y es que los magistrados progresistas cuestionaron la inhabilitación para el derecho al sufragio pasivo que le fue impuesta a Rodríguez como pena accesoria al considerar que fue desproporcionada. Inicialmente la Sala Segunda le condenó a un mes y medio de cárcel con esa accesoria de inhabilitación, pero transformó esa prisión en multa.
En la ponencia que debatirá el Pleno, la magistrada María Luisa Balaguer propone estimar el recurso y anular la pérdida del escaño ejecutada por Batet al considerar que, una vez que la prisión fue sustituida por multa ya no procedía la accesoria de inhabilitación, por lo que no era posible aplicarle la Ley Orgánica de Régimen Electoral General que provocó la pérdida del escaño. En la práctica se trataría de un amparo meramente declarativo porque el exdiputado, que además ya no está en Podemos, no podría recuperarlo al haber concluido ya aquella legislatura. Cuestión distinta es que este amparo abra la puerta a que Rodríguez pueda pedir una indemnización por el dinero que dejó de recibir como diputado una vez despojado del acta.
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