De acuerdo con la información suministrada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSCJV), la Sala le prohíbe acercase o comunicarse durante 13 años con la víctima, a la que deberá indemnizar con 9.000 euros por los daños morales que sufrió la menor, y le impone además cinco años de libertad vigilada.
Los hechos sucedieron el 7 de julio de 2017, cuando el acusado, de 21 años, invitó a su domicilio a la menor, «con la que había iniciado una relación afectiva días atrás», siempre según la información facilitada por el Tribunal Superior de Justicia valenciano.
Según el relato de hechos probados que hace la sentencia, el condenado conocía perfectamente la edad que tenía la niña y aprovechó que se encontraban solos en casa para llevarla a su habitación y obligarla a mantener relaciones sexuales.
Los magistrados explican en el fallo, que puede ser recurrido ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que la víctima se negó a sus requerimientos tras advertirle que no podía consumar relaciones porque “era moza y las gitanas no hacían eso”. La menor sufrió lesiones genitales debido a la agresión sexual.
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