La Audiencia Nacional ordenó paralizar el pasado jueves, a petición de la Asociación Abogados Cristianos, los trabajos de exhumación de las víctimas de la Guerra Civil enterradas en el Valle de los Caídos o trasladadas desde otros cementerios de España hasta allí en los años ... 60.
Según el auto del Juzgado Central Contencioso-Administrativo al que ha tenido acceso ABC, el magistrado Francisco Javier González acordó, de forma cautelarísima, interrumpir los trabajos durante tres días (hasta este miércoles) para permitir a Patrimonio Nacional, encargado de los trabajos, realizar sus alegaciones. Después, decidirá si mantiene paralizado el proceso de manera cautelar o levanta la medida, que será recurrida.
La Asociación se dirigió a la Audiencia Nacional, por la vía contencioso-administrativa, en representación de la nieta de una de las enterradas en Cuelgamuros. Pidió tramitar el litigio como procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales, según establece la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa, porque ven vulnerado el derecho a la libertad religiosa del artículo 16 de la Constitución Española. También aprecian incumplimiento del artículo 2.1 b) de la Ley Orgánica de Libertad Religiosa en el que se establece que «la libertad religiosa y de culto garantizada por la Constitución comprende, con la consiguiente inmunidad de coacción, el derecho de toda persona a practicar los actos de culto y recibir asistencia religiosa de su propia confesión; conmemorar sus festividades, celebrar sus ritos matrimoniales; recibir sepultura digna, sin discriminación por motivos religiosos, y no ser obligado a practicar actos de culto o a recibir asistencia religiosa contraria a sus convicciones personales».
Pasado el periodo de la medida cautelarísima, «al objeto de tomar conocimiento de un modo más profundo de la situación» y después de haber escuchado a la representación del Estado, el juez resolverá «sobre la medida cautelar con carácter definitivo».
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