Anticorrupción pide a la forense que aclare si Griñán puede ser tratado del cáncer en la prisión
Insta a que la médico determinar si la enfermedad del expresidente andaluz puede calificarse de «muy grave»
Nati Villanueva / Antonio R. Vega
Madrid / Sevilla
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Iniciar sesiónLa Fiscalía Anticorrupción pide a la médica forense que se moje y aclare si el expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán puede continuar su tratamiento contra el cáncer que padece dentro de la prisión y cumplir de este modo la ... pena de seis años y un día de cárcel impuesta en la sentencia del caso ERE. Así lo recoge en un escrito remitido al tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla que ha iniciado los trámites para levantar la suspensión de la pena firme fijada a Griñán. Insta a que la médico aclare si la enfermedad del expresidente andaluz puede calificarse de «muy grave».
«Teniendo en su caso en cuenta el resultado de la revisión médica del Sr. Griñán Martínez prevista para el próximo día 6 de junio, se pronuncie sobre si la enfermedad que este padece puede calificarse de muy grave, en atención a los requisitos que se recogen en el ap. 1 de dicha nota, cuya copia se adjunta», afirma.
En su escrito, el Ministerio Fiscal solicita que se oficie de nuevo al Instituto de Medicina Legal (IML) de Sevilla para que la médico forense concrete en sus conclusiones finales si el tratamiento que en la actualidad recibe el condenado «es compatible o no con su ingreso en prisión, pues fue este extremo el que le fue expresamente requerido por la sala mediante providencia de fecha 2 de mayo de 2023«.
El segundo informe de la forense solicitado por el tribunal no era concluyente y dejaba la decisión final a los magistrados, que este mes retomaron los trámites para el que también fuera consejero andaluz de Economía y Hacienda salde sus cuentas con la Justicia. La facultativa que hizo el pasado 18 de mayo el reconocimiento clínico a José Antonio Griñán ponía objeciones al ingreso en prisión del que fuera presidente de la Junta de Andalucía entre 2009 y 2013. Abundaba en las «dificultades» que este tratamiento contra el tumor podría acarrear al penado, tanto por su traslado a urgencias hospitalarias y citas médicas programadas como por la falta de «apoyo familiar y social» que tendría dentro de la prisión.
La Fiscalía recuerda que, según el informe médico aportado por la defensa de Griñán, «el plan de actuación» consiste tan solo en «un tratamiento farmacológico y ejercicios rehabilitadores», toda vez que ya ha finalizado las sesiones de radioterapia que le habían prescrito. El tribunal, y así lo recoge Anticorrupción, solicitaba que, «a la mayor brevedad», el IML concretara si «el tratamiento que se prescribe es compatible con el ingreso en prisión a efectos de resolver sobre la suspensión de la ejecución a tenor del art. 80.4 Código Penal que fue solicitada por la representación del mismo«. Así lo recogía en una resolución la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla. El pasado 24 de mayo, los magistrados trasladaron el informe forense a la Fiscalía y a la acusación del PP, que tenían tres días para pronunciarse.
El Ministerio Público detalla que el citado artículo «contempla la posibilidad de otorgar la suspensión de la pena en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables». Sin embargo, según la Fiscalía, «tampoco se pronuncia la forense en su informe» sobre este aspecto.
Dada la indefinición, la Fiscalía pide a la Audiencia que «requiera nuevamente» a la forense un informe, que sería el tercero que se le solicita, con el fin de que, a la vista de las pautas fijadas en el documento 'Criterios para emisión de informe médico para estudio de posible aplicación de los artículos 104.4 y 186.2 del Reglamento Penitenciario', del Director General de Instituciones Penitenciarias, y teniendo en su caso en cuenta el resultado de la revisión médica del Sr. Griñán Martínez prevista para el próximo día 6 de junio, «se pronuncie sobre si la enfermedad que este padece puede calificarse de muy grave».
En su segundo dictamen, cuya inconcreción destaca la Fiscalía, la médica aportaba más razones en contra de que éste sea tratado dentro de la prisión que fuera. Para ello esgrimía parte del informe remitido al tribunal por el centro penitenciario de Sevilla, que pone de manifiesto «las dificultades para el traslado« del penado un hospital »ante situaciones de urgencia e incluso ante las propias salidas programadas« de la cárcel. Obviaba, en cambio, que la prisión indicaba en dicho escrito que »son múltiples los pacientes que desde las distintas especialidades han sido y son atendidos de forma continuada«, incluso con enfermedades oncológicas.
La médica recalcaba que Griñán padece un cáncer «de alto riesgo» diagnosticado en diciembre de 2022. «Nos encontramos ante una enfermedad muy grave, pendiente de incierta evolución«, constata. Asimismo, deja patente que »ha finalizado el tratamiento de radioterapia para continuar con el tratamiento hormonal«. »Se desconoce si su evolución va a ser favorable o desfavorable«, toda vez que está pendiente de »revisiones médicas« en junio y septiembre de este año, prosigue. No obstante, hace hincapié en que »se han producido efectos secundarios«. La última palabra la tendrá el tribunal.
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