Los niños autistas tendrán un servicio a domicilio en Andalucía

nuevas medidas en la ley de atención temprana

La ley que sustituirá a la de 2016 contempla también una segunda valoración médica

Se formará a los profesores de Infantil sobre prevención y atención de trastornos del desarrollo

La Atención Temprana sólo cubre a los niños de hasta seis años y está garantizada de forma universal ABC

Fue una promesa de antes de las elecciones y el actual presidente de la Junta, Juanma Moreno, está dispuesto a cumplirla. La nueva Ley de Atención Temprana será la primera que se apruebe en el Parlamento de la actual legislatura. La Atención Temprana ... va dirigida a todos los niños menores de seis años con trastornos en su desarrollo o en situación de riesgo de padecerlo, pongamos por ejemplo todos los que entran dentro del espectro autista. Este periódico ha tenido acceso al borrador definitivo del proyecto de Ley y a las modificaciones que cambiarán la vigente que data de abril de 2016.

Cabe recordar que el reconocimiento del derecho de la población infantil a un pleno desarrollo físico, mental y social ha sido recogido en diferentes documentos. Quizás el de más alto valor jurídico es el de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989. En dicho documento se reconoce el derecho de los niños con discapacidad a disfrutar de una vida plena, a recibir la asistencia que se solicite y que sea adecuada a su estado, al de sus progenitores o personas cuidadoras, así como a tener acceso efectivo a la educación, la capacitación, los servicios sanitarios, los servicios de rehabilitación, la preparación para el empleo y las oportunidades de esparcimiento.

Tres ámbitos involucrados

En las disposiciones generales de la nueva ley se hace incidencia en su carácter intersectorial con tres ámbitos bien definidos, sanitario, educativo y social. Una novedad importante es no olvidar el contexto habitual en el que se desenvuelve la persona menor y su núcleo familiar; el centro educativo, los lugares lúdicos que frecuenta y todo aquel espacio relacionado con las actividades propias de la dinámica familiar. Llama la atención que ahora se podrá facilitar el acceso del servicio a las familias, pudiendo incluir en determinados supuestos la prestación de servicios itinerantes o a domicilio. En todo caso, y como se recoge en el artículo 9 del Título I, se procurará la mayor cercanía posible al domicilio familiar. Los planes de Atención Temprana se llevarán a cabo por profesionales cualificados. Estamos hablando de pediatras, médicos de familia, psicólogos clínicos, terapeutas, enfermeros, logopedas, fisioterapeutas… La Atención Temprana es gratuita en cualquiera de sus niveles. Se podrá tener una segunda valoración médica, habrá un plan individualizado para cada caso y los menores serán atendidos en los CAIT, Centro de Atención e Intervención Temprana.

En el nuevo proyecto de Ley hay tres niveles de intervención. La prevención primaria es el conjunto de actuaciones que tienen como objetivo evitar la aparición de trastornos en el desarrollo de las personas menores. En la secundaria se trataría de diagnosticar precozmente trastornos del desarrollo presentes en las personas menores con el fin de evitar o reducir las consecuencias negativas que de ello puedan derivarse. Y por último, en la terciaria, el fin es mejorar las condiciones de desarrollo de las personas menores que presenten trastornos del mismo, sus familiares y entorno, orientadas a potenciar su autonomía e integración familiar, escolar y social.

Máxima integración

Precisamente, en el ámbito educativo, y con el objeto de lograr la máxima integración, a los niños se les aplicará las medidas ya en el segundo ciclo de la Educación Infantil y se mantendrá, mientras sean necesarias, durante todo el período de escolarización. Estas serán específicas, encaminadas a alcanzar el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional que este alumnado necesite. Habrá una formación del profesorado sobre prevención y atención de trastornos del desarrollo. Y una valoración de las necesidades educativas del alumnado con trastornos del desarrollo por los Equipos de Orientación Educativa de zona y especializados en coordinación con los EPAT (equipos provinciales de Atención Temprana) en el acceso y durante el segundo ciclo de Educación Infantil.

Otra de las novedades son las Unidades de Seguimiento y Neurodesarrollo. En ellas existirán dispositivos específicos para efectuar la valoración inicial, el diagnóstico sindrómico, etiológico o funcional y el seguimiento, la orientación y la valoración de las necesidades. Constituyen el dispositivo asistencial de coordinación e integración de los recursos necesarios. Son estas unidades las que determinarán que la persona menor sea atendida en un CAIT.

Por último, existirán colaboraciones de investigación con las universidades andaluzas y un régimen de sanciones si se incumplieran las normativas de esta nueva ley.

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