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Los jueces avalan el adelanto electoral de Ayuso frente a las mociones presentadas después

La Sala diferencia las dos vertientes de la decisión de la presidenta: por un lado, el acuerdo de disolución de la Cámara, cuyo efecto es inmediato; el segundo, la convocatoria electoral, cuya publicación es necesaria para darle publicidad

Advierten de que con la interpretación de los letrados, cualquier moción de censura podría neutralizar una facultad del presidente

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Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid Vídeo: ATLAS
Nati Villanueva

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En apenas cuarenta y ocho horas el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha resuelto el recurso planteado por los letrados de la Asamblea de Madrid tras el adelanto electoral de la presidenta de la Comunidad, Isabel Díaz Ayuso. Su decisión tiene plena ... validez por ser anterior a la presentación de las mociones de censura. Sostener lo contario supondría vaciar de contenido una facultad del presidente autonómico al poder neutralizarla siempre con iniciativas posteriores. Una cosa es la facultad de «acordar» y otra la publicación, dice el tribunal, en la línea con los juristas consultados por ABC el jueves, cuando Ayuso tomó esa decisión.

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