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El TC revisará a partir del martes la doctrina Parot para adaptarse al TEDH
El Constitucional tiene sobre la mesa treinta recursos, 27 de ellos de etarras. El Supremo también cambiará su jurisprudencia
El TC revisará a partir del martes la doctrina Parot para adaptarse al TEDH
El Tribunal Constitucional (TC) revisará a partir del próximo martes la doctrina Parot, en el contexto del reciente fallo del Tribunal de Estrasburgo que anuló su aplicación retroactiva . El pleno ordinario del TC se ocupará del primer recurso de amparo contra la citada jurisprudencia, ... presentado por el preso etarra Ignacio Fernández de Larrinoa . Será la primera oportunidad que tenga el TC de cambiar su jurisprudencia sobre la doctrina Parot' que en su día validó pero que ahora deberá revisar siguiendo la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH).
La decisión que tome en el pleno que comienza el martes será determinante para el futuro del resto de los recursos de amparo presentados ante él por este asunto. Son un total de 30 contra la aplicación de la doctrina Parot, de los cuales 17 están pendientes de sentencia y los otros 13 de admisión a trámite. De todos estos recursos, 27 corresponden a presos de ETA.
El supremo, también
Por otro lado, el Tribunal Supremo deliberará el miércoles 27 de noviembre sobre los recursos de cinco etarras que tiene pendientes de resolver en relación con la doctrina Parot, cuya aplicación retroactiva ha sido anulada por el Tribunal de Estrasburgo.
Estos son l os únicos recursos que tiene pendientes el Supremo sobre la que fuera su doctrina Parot , por lo que será su oportunidad de cambiar su jurisprudencia, de modo que formalice en sentencia el acuerdo al que llegó la mayoría de sus magistrados de lo penal el pasado lunes
Los presos afectados son Juan J. Legorburu; Carmen Guisasola; Andoni Cabello; José I. Echevarría e Ignacio Pujana , cuyos recursos serán vistos el miércoles 27. A ellos se suman las dos sentencias pendientes, que no necesariamente se fallarán la próxima semana, y que son relativas al ya citado Pujana y a Juan Ramón Rojo González.
En el Pleno de la Sala de lo Penal, el Supremo avaló que las Audiencias Provinciales y la Audiencia Nacional, es decir, los tribunales sentenciadores que en su día aplicaron la doctrina Parot, anulen ahora los efectos de la misma sobre decenas de presos etarras y otros delincuentes especialmente peligrosos también afectados.
En suma, aquel fallo sancionaba el fin de la doctrina Parot para la gran mayoría de los afectados, una parte importante de los cuales está saliendo en libertad estos días .
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