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El Supremo avala que se veten los pisos turísticos cuando los estatutos prohíban actividades económicas en el edificio

Es la conclusión a la que han llegado los magistrados en dos casos, uno en Oviedo y otro en San Sebastián

La oferta de pisos en alquiler se reduce un 30% desde la entrada en vigor de la ley de Vivienda

El Supremo avala que se veten los pisos turísticos cuando los estatutos prohíban actividades económicas en el edificio ROCÍO RUZ

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El Tribunal Supremo (TS) ha avalado que se veten los apartamentos turísticos en las comunidades de propietarios en las que se prohíbe expresamente en sus estatutos que las viviendas se usen para ejercer una actividad económica.

Los magistrados han concluido que el alquiler de ... viviendas para uso turístico es una actividad económica, por lo que han dado la razón a dos comunidades de propietarios: una en San Sebastián (País Vasco) y otra en Oviedo (Asturias). De este modo, han ordenado el cese de la actividad de alquiler turístico en varios pisos.

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