Los exploradores que bregan en la jungla de internet por el derecho al olvido
Las empresas especializadas en borrar el rastro digital indeseado se enfrentan a una dura lucha contra los elementos en la que la victoria absoluta es casi imposible
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónImágenes comprometidas de nuestra juventud, comentarios desafortunados sobre ideales con los que no comulgamos años después, una actividad laboral anterior con la que no queremos que nos identifiquen, una multa sin pagar o aparecer en la lista de morosos de una empresa aunque ya se ... haya condonado la deuda... La huella que dejamos en internet puede condicionar, decidir, e incluso lastrar nuestro futuro y permanecer en la Red durante toda nuestra vida. De ahí que en 2014 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea reconociese en una sentencia, por primera vez, el derecho al olvido. Hoy está desarrollado en el Reglamento General de Protección de Datos europeo y en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de Derechos Digitales. Bajo este paraguas legal operan empresas que se dedican a borrar nuestros datos del mundo digital sin dejar rastro. Si es que de verdad eso se puede hacer.
El derecho al olvido lo ejerce cualquier persona física, es decir, cualquier ciudadano europeo, «que puede ser identificado por su dirección de email, fotografía, nombre y apellidos... No es para empresas ni entidades públicas», aclara Manuel Moreno, director de Borrame.es. Está dirigido a los buscadores de internet, a Google, Yahoo, Bing... Si solicitamos ejercer nuestro derecho al olvido, cuando se efectúa una búsqueda con alguno de nuestros datos personales, los buscadores deben eliminar de la lista de resultados los enlaces que contengan información «inadecuada, inexacta, no pertinente, no actualizada o excesiva» (reza en la ley de protección de datos) o ha quedado obsoleta o ya no tienen interés público.
Se entiende que son informaciones que nos perjudican, que atentan contra el derecho al honor, a la intimidad y a nuestra propia imagen. Pero hay que tener en cuenta que esas informaciones «no entren en conflicto con otros derechos fundamentales como son la libertad de expresión o el derecho a la información», detalla Nando Alcina, abogado del despacho Bamboo Legal y especialista en protección de datos y Derecho Digital. Por tanto, todo no se puede eliminar. «El derecho al olvido no nos permite borrar cualquier rastro que hayamos dejado en internet, por lo que debemos ser cautelosos de la misma forma que lo somos en el mundo offline», recomienda el abogado.
El derecho al olvido lo pueden ejercer solo los ciudadanos, no las empresas ni los organismos públicos
Realmente, el buscador no suprime la información. «Google no tiene capacidad alguna para suprimir información porque no la edita. Establece un protocolo informático de desindexación para que, cuando introduzcan un nombre y sus apellidos, no sea accesible el enlace o URL con el que se relaciona», explica Javier Franch, CEO y fundador de Teborramos.com. «No podemos eliminar la información del BOE o de la hemeroteca de un periódico. Pero sí podemos exigir al buscador que deje de mostrarlo como resultado, que lo desindexe cuando no es actual ni tiene sentido. Otras veces prevalece el derecho a la libertad de expresión respecto a la intimidad de la persona», indica Moreno. Siempre queda la duda razonable, como insinúa Borja Adsuara, abogado experto en Derecho Digital: «La información se bloquea al buscar por datos personales, pero esa información se puede encontrar por otros caminos».
El protocolo para ejercer el derecho al olvido parece sencillo. Los propios buscadores ponen a disposición de los ciudadanos formularios para ejercer este derecho. Según el informe de transparencia de Google «solo se retiran páginas de los resultados como respuesta a solicitudes relacionadas con el nombre de una persona concreta. Bloqueamos las URL de todos los resultados de búsqueda europeos de Google (resultados de usuarios en Alemania, Francia, España, etc) y utilizamos señales de geolocalización para restringir el acceso a la URL desde el país de la persona que ha solicitado la retirada». Desde que el Tribunal europeo reconoció el derecho al olvido en 2014 hasta ahora a Google le han solicitado la retirada de 5 millones de URL.
Sin embargo, Google está en entredicho, porque la Agencia de Protección de Datos española ha multado al buscador americano con diez millones de euros por dos motivos. Por transferir datos personales de los usuarios que han solicitado el derecho al olvido a una agencia de Estados Unidos sin su consentimiento. «Y por obstaculizar el derecho de supresión de los ciudadanos, en particular el derecho al olvido», matiza Adsuara. El derecho de supresión existe desde hace años e implica eliminar los datos de cualquier tipo de registro ya sea online o físico. Por ejemplo, tenemos derecho a que supriman nuestros datos de la base de datos de una empresa que nos bombardea con publicidad.
Desde 2014, se ha solicitado a Google que retire cinco millones de URL
El experto aporta un matiz en este debate: «Google decide quién tiene o no derecho al olvido, que no es muy distinto del hecho de que las plataformas controlen los discursos de odio, desinformación... que llegan a Twitter o Instagram. Debería crearse un organismo independiente para revisar las decisiones de las plataformas, y conformar un jurado de profesionales para fijar y revisar qué debe ser suprimido y qué no».
Google «es un monstruo duro de roer. Antes de la sanción denegaba muchas peticiones con muy poca argumentación», afirma Franch. Si no acepta la petición del derecho al olvido, el interesado puede acudir al amparo de la Agencia de Protección de Datos española. Y también a empresas que se dedican a gestionar estos procesos como Borrame.es, Teborramos.com, Eprivacidad, despachos de abogados... «Las empresas sabemos cómo hacer el proceso, enviamos burofax a los buscadores con toda la argumentación legal», cuenta Franch.
Más soluciones
Queman todos los cartuchos. No solo acuden a los buscadores para que desindexen la información objeto de perjuicio para un ciudadano, sino también a las fuentes originales. «Contactamos con medios de comunicación, páginas web, blog, redes sociales... que han publicado la información para que la elimine, aportando argumentos legales», señala Manuel Moreno. «Que la eliminen, o que los informáticos de ese medio establezcan protocolos para que no se pueda acceder a esos enlaces o que la información se anonimice, es decir, que se oculte la identidad o que solo aparezcan iniciales», concreta Franch. Por ejemplo Teborramos.com tiene también el servicio Honoraria. «Imagine que hemos conseguido eliminar 90 de 100 enlaces —continua—. Siguen quedando URL que incomodan al cliente pero no quiere acudir a la vía judicial. A través de este servicio generamos publicaciones positivas en redes sociales, notas de prensa... De esta forma esos enlaces se esconden en las últimas posiciones de Google».
En su artículo 94, la ley de protección de datos también habla del derecho al olvido, o «a que sean suprimidos» datos personales en las redes sociales y «servicios equivalentes», también cuando «fuesen inadecuados, inexactos, no pertinentes, no actualizados o excesivos...». «Si hablamos de redes sociales podemos solicitar la supresión de nuestros datos, cuenta, imagen, tuit, mensajes... Pero hay una cosa que no podemos controlar y que ocurre a muchos en política. Se borran los tuits anteriores pero no la captura de pantalla que ha realizado un tercero y ha vuelto a subir a la red social», explica Javier López, abogado y experto en protección de datos de Eprivacidad.
Existen una gran variedad de causas para solicitar el derecho al olvido que apunta los expertos: personas que figuraban en páginas de contacto y no quieren que se conozca porque han formado una familia, o que militaban en un partido político o tenían otro trabajo con los que no quieren ser identificados, o porque hicieron en su juventud comentarios xenófobos o mostraron imágenes semidesnudos, o porque aparece su nombre en el BOE cuando aprobaron una oposición, o personajes públicos (o no) que han sido condenados hace 20 años y ya han cumplido su condena... «Tenemos casos de 100 euros y hasta de 50.000. No es lo mismo eliminar una foto de un periódico que un comentario de hace muchos años en un foro», indica López.
Las empresas
Las empresas no pueden ejercer el derecho al olvido, pero eso «no quiere decir que no tengan derecho a la eliminación de una noticia o información perjudicial en atención a la ley de derecho al honor y a la intimidad», señala Franch. «Si hay campañas de difamación orquestadas, información falsa, calumnias o injurias contra una empresa, que exceden la libertad de expresión, se puede solicitar que se elimine esa información porque las empresas tienen reconocido el derecho al honor», también sostiene el abogado Alcina.
Desde luego, por mucho que podamos ejercer nuestro derecho al olvido, quizá lo más recomendable sea ocuparnos de nuestra huella digital.
Un derecho desconocido
Poco conocido parece ser el derecho al olvido entre la sociedad española, a la luz de los datos que revela el informe «Derecho al olvido», de Kaspersky, pues el 74% de los españoles creen, erróneamente, que tienen el control para eliminar totalmente su presencia en la Red. Y eso que al 42% les preocupa que su historial online afecte a la hora de solicitar un empleo. Casi un tercio no se ha planteado qué sera de su huella digital cuando fallezca. Y solo un 15% ha previsto dejar en su testamento el acceso a su identidad digitial.
Límite de sesiones alcanzadas
- El acceso al contenido Premium está abierto por cortesía del establecimiento donde te encuentras, pero ahora mismo hay demasiados usuarios conectados a la vez. Por favor, inténtalo pasados unos minutos.
Has superado el límite de sesiones
- Sólo puedes tener tres sesiones iniciadas a la vez. Hemos cerrado la sesión más antigua para que sigas navegando sin límites en el resto.
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónEsta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete