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El poder certificador del ‘universo token’ se enfrenta a sus límites legales

Pese a su transparencia y trazabilidad, la falta de regulación siembra dudas sobre el valor autenticador de los activos digitales vinculados al ‘blockchain’

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La tokenización de activos y las NFT, dos piezas clave de la transición a la Web3 , representan una revolución digital que plantea un reto jurídico al sistema legal existente. ¿Hasta qué punto se puede justificar la posesión de un activo mediante la tenencia de un determinado número de tokens de ese bien? Y la misma cuestión se plantea con los tokens no fungibles (NFT), que permiten verificar la autenticidad de los contenidos digitales e identificar a su actual propietario . ¿Puede utilizarse un NFT en un tribunal como prueba para demostrar quién es el propietario de un cuadro digital?

Expertos consultados afirma que sí, estas dos herramientas basadas en la tecnología ‘blockchain’ pueden ser utilizadas en España como elementos de prueba en un juicio . «Aunque no existe una regulación específica para ‘blockchain’, la normativa existente sigue sirviendo aunque no esté adaptada a esta nueva tecnología», dice Antonio Paredes , socio del despacho de abogados Zadal. La cadena de bloques (‘blockchain’) tiene un gran potencial para ser utilizado en procedimientos legales debido a las capacidades de trazabilidad y transparencia para analizar el historial de un activo.

Los legisladores y reguladores siempre tienden a ir por detrás cuando se produce un cambio tecnológico. Y, si esta nueva tecnología aporta beneficios a particulares y empresas, acaba imponiéndose y adaptándose al marco legal, explican los expertos. Sin embargo, la tokenización de activos se enfrenta a ciertos límites en España cuando se trata de bienes que deben constar en un documento público, como es el caso de la venta de una vivienda que debe inscribirse en el Registro de la Propiedad.

«Tecnológicamente es posible, pero en España no tenemos una normativa que nos permita utilizar la tokenización para los inmuebles», dice Joaquim Matinero , abogado en Roca Junyent. Tokenizar un activo consiste en dividirlo en un número de unidades, llamadas tokens . Por ejemplo, en el caso de un apartamento de 100m2, podría dividirse en cien tokens que representen la propiedad de 1m2 del inmueble. Cada unidad da derechos al titular sobre la vivienda en relación al número de tokens que tenga, por lo que recibiría una porción del beneficio que generará el activo se alquila o vende.

En otros países es posible tokenizar inmuebles, pero en España no es actualmente posible porque no existe una regulación específica para este tipo de operaciones en el Registro de la Propiedad. No obstante, una forma indirecta para tokenizar la propiedad de una vivienda puede ser creando una sociedad que sea dueña del inmueble y, posteriormente, fraccionar el accionariado de esa empresa en tokens.

«Esto es totalmente legal. Puedes tokenizar acciones, préstamos participativos, bonos de deuda u otros instrumentos financieros, ya que lo que estás representando son una serie de derechos», dice Matinero, que detalla que en el caso de un token que represente una acción, es necesario pasar por el notario a la hora de realizar una operación de compraventa.

La tecnología ‘blockchain’ ofrece una gran posibilidad para deshacerse de intermediarios cuando se realiza una transacción económica. Permite hacer operaciones entre dos individuos que quedan registradas al momento , lo que podría llevar a pensar que la figura del notario fuera cada vez menos necesaria. Los expertos, sin embargo, no creen que esto sea así, ya que el notario realiza funciones que actualmente no pueden ser reemplazadas por la tecnología . «Hace varias cosas que ahora mismo son insustituibles, como verificar que la persona comprende el negocio jurídico que está realizando o que no está siendo coaccionada a ello, entre otras labores», dice Paredes, de Zadal.

Elemento de prueba

Con respecto a los NFTs, los dos abogados coinciden en que va a ser algo que a nivel legal sí se va a utilizar como elemento de prueba para certificar la propiedad . «Los NFTs seguro que llegarán a ser aceptados en los juicios», dice Paredes. «Con los NFTs identificas algo concreto, como por ejemplo demostrar quién es el dueño de la propiedad intelectual que se está vendiendo», dice Matinero.

Pero, al igual que en el caso de las fichas, los NFT se limitan a los actos que la ley exige que consten en un documento público , como una herencia, un matrimonio o el registro de una vivienda.

En los próximos meses, Martinero espera que haya una explosión de activos tokenizados en la UE por parte de las instituciones financieras tradicionales con la entrada en vigor en marzo de 2023 de la legislación. Bajo un régimen legislativo piloto , que durará tres años, se permitirán algunas transacciones de valores tokenizados. «Creo que a nivel regulatorio estamos viendo un buen trabajo. Con esta legislación veremos cómo las grandes empresas se animan a utilizar esta tecnología», concluye.

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