Suscribete a
ABC Premium

¿Cómo se tramitan ahora las bajas laborales por contagio de coronavirus?

La prestación se eleva al 75% de la base reguladora por considerarse enfermedad profesional y se cobra desde el día siguiente a la baja laboral y con cargo a la Administración

Coronavirus | España en estado de alarma, últimas noticias en directo

Pedro Sánchez comparece para explicar las medidas del estado de alarma por el coronavirus en directo

Vídeo: El FMI sugiere que el Estado pague a los trabajadores parte del sueldo que dejarían de percibir al reducir su jornada laboral GUILLERMO NAVARRO
Teresa Sánchez Vicente

Esta funcionalidad es sólo para registrados

Todos los trabajadores infectados con el coronavirus o que se encuentren aislados en casa en cuarentena tendrán derecho a tramitar bajas por enfermedad profesional y no por enfermedad común siempre y cuando estén dados de alta en la Seguridad Social. Esto supone que ... la prestación se eleva al 75% de la base reguladora y que se cobra desde el día siguiente a la baja laboral y con cargo a la Administración.

Artículo solo para suscriptores

Esta funcionalidad es sólo para suscriptores

Suscribete
Comparte esta noticia por correo electrónico
Reporta un error en esta noticia