¿Hay posibilidad de que me devuelvan lo que ya he pagado de más por la cláusula suelo?

La sentencia del Supremo especifica que ésta no tiene efectos retroactivos, por lo que no afecta a los pagos ya efectuados. Sin embargo, hay expertos que disienten

¿Hay posibilidad de que me devuelvan lo que ya he pagado de más por la cláusula suelo? efe

maría gómez silva

El 9 de mayo pasado, el Tribunal Supremo declaró nulas las cláusulas suelo aplicadas en las hipotecas de BBVA, Cajamar y NCG tras considerar que el contrato del préstamo no fue completamente transparente . No obstante, la corte especificó que la sentencia no tiene efectos retroactivos, por lo que no obligará a los bancos a devolver las cantidades que los clientes hayan pagado de más por sus hipotecas. Sin embargo, algunos expertos creen que existen resquicios para reclamar esas cantidades.

Pau A. Monserrat, director editorial de iAhorro, explica que el Tribunal Supremo tomó la decisión de limitar el efecto de la nulidad de las cláusulas suelo a las cantidades ya pagadas para evitar un 'tsunami' sobre el sector financiero, ya debilitado por la crisis. Sin embargo, recuerda que distintos expertos judiciales han considerado que la decisión contraviene la normativa del Código Civil, concretamente el artículo 1.303, que dice que "declarada la nulidad de una obligación, los contratantes deben restituirse recíprocamente las cosas que hubiesen sido materia del contrato, con sus frutos, y el precio con los intereses".

Hablando en plata: "Que si tu consideras que una cláusula es abusiva, tienes que retrotraer su efecto. Decir que tomas esa decisión por el riesgo en el sistema financiero, contraviene la propia ley", explica Pau A. Monserrat.

Para Monserrat, estamos en una situación "en la cual parece que el Tribunal Supremo ha intentado contentar a todos. Quitar las cláusulas en determinados casos, pero a la vez ha incurrido en decisión jurídica que contraviene la legalidad. Porque la legalidad del artículo 1.303 del Código Civil está muy clara entre los juristas".

Y así lo han entendido distintos tribunales de primera instancia. Por poner un ejemplo, el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Orense y el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Málaga fallaron en mayo en este sentido, obligando a devolver las cantidades que pagaron de más los demandantes. Y lo hicieron después de conocer la citada sentencia del Tribunal Supremo. Es decir, que consideraron que la sentencia en cuestión no dicta jurisprudencia y no debe ser necesariamente seguida por los demás juzgados.

Antes de decidirse para dar este paso, Monserrat recomienda a los afectados que echen cuentas: Si llevan muchos años pagando las consecuencias de la cláusula suelo, puede compensarles el esfuerzo económico de financiar las costas judiciales . En caso contrario, quizá pueda ser más conveniente aceptar "lo que diga el banco y que les quiten ya parte de la cuota, para pagar menos hipoteca desde ya".

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