CAZA
El cazador aplicado
En el caso de gansos y patos, es más complicada la identificación de la especie
Antonio Notario Gómez
Madrid
Está claro que la ley de caza y su reglamento ponen de manifiesto de forma clarividente las especies de animales permitidas para su captura y muerte, entre las cuales, en las pertenecientes a los mamíferos, no debe existir discusión alguna en cuanto ... a su identificación. Quiero decir que cualquier aficionado a la caza distingue de inmediato en el campo al ciervo, al gamo, al jabalí, al corzo, al rebeco, a la cabra montés, al arruí y a un zorro, si bien en ocasiones puede equivocarse con la edad del ejemplar en el caso de estar practicando la caza selectiva, hecho achacable a la dificultad que en ocasiones conlleva su discernimiento.
No obstante, la cosa cambia cuando se trata de ciertas aves en vuelo, como lo son determinadas aves acuáticas. Ver a una surcar el aire y de inmediato saber de qué especie se trata no tiene aparente dificultad en el caso de la agachadiza, la becada, la gallineta de agua, la focha común y el avefría. Pero sí la hay, en cambio, cuando se trata de gaviotas, gansos (ánsares) y patos.
El plumaje
El plumaje de las primeras puede presentar una notable similitud entre especies, en este caso la reidora, la sombría, la argéntea y la patiamarilla. Sin embargo, el hecho casi carece de importancia, ya que no existen apenas cazadores que las persigan.
Cuestión aparte merecen los gansos y los patos. Estas aves constituyen un grupo filogenético bien definido, el de los anseriformes, con un total de 162 especies repartidas por el planeta, de las que aproximadamente 89 están consideradas como cinegéticas.
Una característica digna de atención en el caso de los patos es la riqueza de colorido de plumaje de los machos frente al pardo o gris homogéneo de las hembras, hecho probablemente atribuible, en primer lugar, a que la mayor parte de ellos son fieles a su pareja solo estacionalmente, con lo que pasado un año el macho ha de competir en belleza con sus antagonistas por la hembra, y en segundo lugar a que la promiscuidad de ciertas especies da lugar a hibridaciones no deseables entre ellas, lo que se evita por la brillantez del plumaje de los machos combinada con paradas nupciales específicas.
De esas 89 especies, en España hay 11, un tipo de ganso y diez de patos, el primero sin dimorfismo sexual y los segundos con él, hecho este último que elimina la duda para distinguir al macho de la hembra, en el bien entendido que ello se consigue con los ejemplares maduros sexualmente, puesto que el color de las plumas de los jóvenes es sensiblemente diferente. A ello hay que añadir dos circunstancias: la muda de eclipse, esto es, la muda que permite que los machos maduros adopten el color de las hembras en determinadas épocas del año, y la similitud en ciertos casos del plumaje de las hembras de distintas especies.
A raíz de todo ello parece que la caza de estas acuáticas queda reservada a cazadores experimentados con muchas horas de campo, con una enseñanza previa aprendida de amigos o familiares expertos y con una máxima atención en el momento previo a abatir la pieza.
Resta aún un pequeño problema. Y es el relacionado con las especies de anseriformes bien comunes, accidentales, raras o introducidas, cuya suma en nuestro país es de aproximadamente 49, todas ellas vedadas. En este caso, el cazador, si se encuentra con alguna de estas especies y las desconoce por no haberlas visto nunca o en poquísimas ocasiones, está obligado a dejarlas continuar su camino, pues de seguro no tiene tiempo suficiente desde que aparece ante sus ojos para identificarla correctamente usando prismáticos o consultando una guía de mano.
No está de más acudir al sabio comentario que la Federación Valenciana de Caza hace en su manual de buenas prácticas de caza: «es imprescindible que se identifique la pieza y, una vez reconocida, y si es cazable, disparar únicamente si existe la posibilidad de abatirla. Mantener la tranquilidad y el sosiego para valorar de manera adecuada las especies a abatir de acuerdo con la modalidad de caza que se realice».
Hay que añadir que esta problemática no debería ser un argumento, como tengo constancia de que se ha esgrimido en ciertas ocasiones, para prohibir la caza de alguna de las especies consideradas tradicionalmente como cinegéticas debido a una posible semejanza de plumaje con otras catalogadas como protegidas.
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