sentencia
El Tribunal General Europeo confirmó una multa de casi 152 millones a Telefónica
La sentencia dictaminó que hubo abuso de posición de dominio por parte de la compañía española, que recurrirá la decisión
e. capurro
Telefónica abusó de su posición de dominio en el mercado de acceso a Internet de banda ancha, confirma Bruselas. La falta podría implicarle pagar una multa de 151,87 millones de euros "por ir contra la liberalización del mercado de las ... telecomunicaciones y dificultar la libre competencia". Así lo sentenció hoy el Tribunal General Europeo , que desestimó los recursos que tanto la empresa española como el Gobierno habían presentado contra una sentencia de la Comisión Europea.
Ahora Telefónica tiene un plazo de dos meses para interponer un recurso de casación ante el Tribunal de Justicia. Y de hecho lo hará, según pudo confirmar ABC. Fuentes de la compañía señalaron su «total y profundo» desacuerdo con la sentencia y detsacaron su «total y escrupuloso respeto» a la regulación de telecomunicaciones española.
Es que en España se considera que la sentencia no es un «ataque» solo a la compañía sino también al Gobierno y a las autoridades españolas de telecomunicaciones, refiriéndose a la Comisión del Mercado de Telecomunicaciones cuyas regulaciones Telefónica considera haber cumplido. « Lo que no se han atrevido a hacer con compañías francesas y alemanas, lo hacen ahora con empresas españolas », denuncian.
La sentencia
«El Tribunal General considera que Telefónica abusó de su posición dominante en el mercado español de acceso mayorista a escala regional y nacional durante el período comprendido entre septiembre de 2001 y diciembre de 2006». Con estas palabras el Tribunal confirma la decisión que en julio de 2007 la Comisión Europea había adoptado tras la denuncia de la empresa francesa Wanadoo, que hoy está integrada a Orange.
La sentencia del tribunal señala que Telefónica impuso tarifas «no equitativas» a sus competidores estrechando los márgenes de precios entre dos de los diferentes planes que tenía: el acceso minorista de banda ancha, y el acceso mayorista regional y nacional de banda ancha. Algo que le permitió, por ejemplo, conservar una cuota de mercado superior al 84% en el mercado mayorista nacional de banda ancha. Y que tuvo el efecto de que los consumidores españoles pagaran un 20% más que el promedio comunitario por el acceso a la banda.
«De no haber existido las distorsiones resultantes del estrechamiento de márgenes (en el que incurrió Telefónica) la competencia habría sido mas intensa en el mercado minorista (de banda ancha)», dice la sentencia. Bruselas justificó su multa millonaria por los altos precios de alquier que la empresa española cobraba a sus rivales entre 2001 y 2006. De acuerdo al organismo europeo estas tarifas obligaban a la competencia a entrar en pérdidas si pretendían igualar los precios minoristas a los que llegaba la compañía española.
Con esta sentencia, el Tribunal General descartó algunas de los principales alegatos de Telefónica. Así señaló que l a compañía disponía de margen de maniobra para determinar sus precios, y que la normativa española no la protegía de una posible intervención de los organismos europeos por mala competencia.
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