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El Supremo obliga a readmitir a un escolta afectado por los recortes

Su empresa lo despidió cuando el Gobierno vasco decidió reducir la protección en 2011

El Supremo obliga a readmitir a un escolta afectado por los recortes efe

nati villanueva

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha confirmado la improcedencia del despido de un escolta que se vio afectado por los recortes del Gobierno vasco cuando en 2011 decidió retirar la protección a distintas personalidades que, por razón de su cargo o profesión, se consideraban hasta entonces objetivo de la banda terrorista ETA. El Alto Tribunal confirma así la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Vitoria, que obligó a readmitir a este trabajador o a indemnizarle con 7.549 euros, una decisión que fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco y recurrida por la empresa de seguridad.

Los magistrados consideran probado que este vigilante fue contratado por la empresa Ombuds Compañía de Seguridad S.A. en julio de 2009 y que en noviembre de 2010 fue subrogado a la empresa Segur Ibérica con motivo de la adjudicación por parte del Gobierno Vasco de un servicio de protección en Álava. Se trataba de la personalidad conocida como «Araba-491».

Sin embargo, en junio de 2011 Segur Ibérica le comunicó la extinción de su contrato debido a que el Gobierno Vasco había dado por finalizado dicho servicio de protección.

El despido de este trabajador se produjo antes del anuncio del cese de la actividad armada de ETA en octubre de 2011, pero dentro del proceso de reestructuración que antes de esa fecha pusieron en marcha tanto el Gobierno Vasco de Patxi López como el Ministerio del Interior, con la retirada o reducción de escoltas a numerosos cargos políticos, empresarios y periodistas.

«Un conjunto de personas»

El Tribunal Supremo entiende, al igual que en las sentencias anteriores recurridas, que el objeto del contrato «no fue la protección de una concreta persona , sino que la contrata del Gobierno Vasco que se adjudicó a Segur Ibérica era para la protección o seguridad de un conjunto de personas».

Añade que la «prueba de ello» es que cuando el Gobierno Vasco extinguió el contrato que afectaba a este escolta no terminó el servicio de protección a esa persona con la que él trabajaba, sino que simplemente se redujo la vigilancia que tenía asignada.

En concreto, esta persona escoltada tenía inicialmente a dos vigilantes privados y, a raíz de la reducción establecida por el Departamento de Interior del Gobierno Vasco, pasó a tener la protección de un único escolta.

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