Permitido tener 'satisfyer' en la celda: una presa logra por primera vez que una juez le devuelva su juguete
Un auto del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Pamplona da la razón a la reclusa a la que se le retuvo el artículo y podrá seguir usándolo
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El 14 de mayo de 2023, una interna solicitó a la dirección de la cárcel de Pamplona que le fuera permitido tener en su celda su juguete sexual con funcionamiento a pilas. Al entrar en el penal, se lo habían retenido en el departamento de Ingresos del centro. El director de esta prisión le denegó la solicitud y la interna se rebeló. Recurrió de manos de su abogada esa determinación y en estos momentos canta victoria por la resolución de la juez de Vigilancia Penitenciaria. Esta magistrada falló el pasado 23 de junio (un auto al que ha accedido ABC) que la interna tiene derecho a la libertad sexual con este objeto, que no representa un peligro.
La rea reclamó la decisión porque cree que no se pueden alegar «razones de seguridad» porque «el objeto retenido tiene una peligrosidad nula« y no se encuentra «incluido en el catálogo de objetos prohibidos en prisión».

La rea aduce que el 'satisfyer' no se encuentra incluido en el catálogo de objetos prohibidos en prisión
Según la dirección del centro pamplonés, su negativa se amparaba en el protocolo en materia de seguridad y la instrucción 3/2010, de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Su argumentario es que «el objeto puede suponer un riesgo para los internos o personal penitenciario del propio centro, o su manipulación puede suponer un riesgo de deterioro durante un cacheo«.
El director de la cárcel navarra alega que se le hace «saber que un uso compartido de estos objetos podría propagar enfermedades entre los internos y también sería un riesgo para el funcionario que tuviera que inspeccionarlos, por exponerle de manera innecesaria a un artículo que pudiera alojar patógenos y bacterias«. Por ello finalmente se priva a la mujer reclusa de este artículo.
Se le quitará si hace un mal uso de ello
Pero el fallo es claro. La juez autoriza «el objeto sexual retenido en el departamento de Ingresos -dice en su literalidad el auto-, sometido a las condiciones (de control vigentes en la cárcel). Esta autorización podrá ser revocada en caso de que la interna realice un mal uso del mismo o incumpla o dificulta el cumplimiento de las condiciones internas«.
Se le autoriza con condicionantes. A saber, no podrá compartirlo con otras usuarias; lo usará en momentos concretos en un ámbito de intimidad; debe facilitar la posterior retirada de pilas; se le restituirá lavado con agua y jabón al personal de prisiones que lo custodiará; y lo devolverá en cuanto se le requiera. «Cada interna -resuelve la juez- podría tener, en caso de adquirirlo, su particular 'satisfyer' siempre que se atuvieran al respeto de las condiciones que se imponen; pues no resulta un objeto prohibido ni peligroso«.
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La juez basa su decisión también en el informe solicitado al fabricante de 'satisfyer', que concluye que el objeto es un «artículo de plástico, estanco, que no alberga apenas espacio en su interior y que funciona según refiere la recurrente (la presa) con pilas, por lo que podrían retirársele o ponérsele«.
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